03 MAY. 2026 CONSUMO Publicidad engañosa Berta García {{^data.noClicksRemaining}} Para leer este artículo regístrate gratis o suscríbete ¿Ya estás registrado o suscrito? Iniciar sesión REGÍSTRARME PARA LEER {{/data.noClicksRemaining}} {{#data.noClicksRemaining}} Se te han agotado los clicks Suscríbete {{/data.noClicksRemaining}} La publicidad engañosa o ilícita está prohibida por la Ley General de Publicidad (LGP) y otras disposiciones normativas, como la Ley Estatuto de la persona consumidora, y se considera toda información «que induzca o pueda inducir a error a la persona consumidora sobre un producto o servicio». Al menos, y sobre el papel, se protege el derecho a recibir información veraz y suficiente para tomar decisiones informadas, aunque en la mayoría de propagandas comerciales se suele pasar de esto, a pesar de que se establecen sanciones económicas. Ejemplos sinfín, pero sanciones contadas. Y eso que las empresas gastan un dineral en folletos y spots publicitarios, y lo que resulta sospechoso es la vista gorda que hacen muchos medios de comunicación, aunque son parte implicada con una normativa que afirma que «los medios de comunicación deberán verificar la información...». A destacar un anuncio que, lejos del divertimento, resulta discriminatorio para todo aquel o aquella que no pueda o quiera poner una alarma en su hogar, pues se perderá la actuación inmediata policial que las empresas anunciantes ofrecen -previo pago anual del seguro- como un plus invaluable. Este tipo de publicidad chirría por muchos lados, pero ahí sigue, multiplicando incautos tomadores del seguro y sus aparatos “detectores” eficientes. ¿Quién le pondrá primero el cascabel al gato? ¿Quizás otras empresas porque atenta contra la Ley de Competencia desleal? ¿La institución autorreguladora de la publicidad o la persona consumidora que se vea afectada por una publicidad engañosa? La ley le ampara y puede reclamar a la empresa anunciante, solicitando la devolución del importe pagado, la resolución del contrato, el cumplimiento de lo publicitado o una indemnización por los daños sufridos.