Paz Francés Lecumberri
Profesora de Derecho Penal en la Universidad Pública de Navarra
GAURKOA

Machismo en nombre del garantismo y alternativas feministas

Con la sentencia de «la manada» se ha evidenciado una distancia muy importante entre la percepción social de todo el proceso penal y la resolución final de este asunto, y la respuesta que, además de la que ha dado el propio tribunal con la sentencia, se ha ofrecido por parte de algunos ámbitos jurídicos y políticos. Precisamente ha sido desde esa percepción social donde se han dado nombre y voz a distintas realidades que están en la base de todas las reivindicaciones. Y me refiero a las movilizaciones de la ciudadanía expresadas en las plazas y calles y a aquellas que se han dado en foros públicos y redes sociales por personas particulares o colectivos, no a las interpretaciones de esas expresiones que se han construido desde los medios de comunicación masivos y sus voceros, y que considero han sido sustancialmente distintas.

La primera de las realidades que se ha querido visibilizar con estas movilizaciones ha sido la de que el acceso sexual al cuerpo de la mujer sin su consentimiento es un instrumento de dominación del hombre sobre la mujer y así se ha ejercido a lo largo de la historia. Es por ello que los delitos contra la integridad sexual se han reivindicado eminentemente como violencia de género, si bien no excluye que existan hombres y niños en relaciones de opresión en todo sistema patriarcal y que también puedan ser víctimas de estos delitos.

La segunda realidad a la que se ha dado nombre desde la calle es que a la hora de determinar qué puede afectar a la integridad sexual o no, qué es abuso o agresión, cómo practicar la prueba en este tipo de delitos etc., es fundamental la mirada desde el género. Básicamente, se ha puesto encima de la mesa que el Derecho tiene género y que el Derecho ha servido y sirve para mantener y reproducir los roles de género y los privilegios de los hombres.

Desde luego, esta reacción no ha sido casual y se enmarca en un momento que se nutre de dos fenómenos que se vienen construyendo desde lejos y sin los cuales no se entenderían las movilizaciones. El primero, el de un más que consolidado movimiento feminista como formidablemente se pudo apreciar este año en el 8M. El segundo, viene del hartazgo generalizado por la politización del sistema judicial, una progresiva represión de las libertades de la ciudadanía y la impresión de que la justicia no es igual para todas las personas.

Sin embargo, frente a estas movilizaciones y en defensa de la sentencia, muchos juristas y políticos, los mismos que ayer clamaban por la prisión permanente revisable o que jamás se han pronunciado sobre ningún tema comprometido acontecido en los últimos años (y la lista es larga), han apelado a un Derecho penal garantista y a la presunción de inocencia. Desde mi punto de vista, el recurso a estos conceptos, en boca de todos estos sectores, no supone más que la instrumentalización de estos términos para consolidar las miradas carentes de género en la justicia tradicional.

Pero además, se equivocan. Los reclamos no van y no han ido de renunciar a un sistema penal garantista. Lo que han tratado de hacer las manifestaciones es poner género a la justicia. Precisamente por ello esta discusión trae la cuestión más profunda de qué modelo de justicia penal se quiere defender y progresivamente construir desde los feminismos y que también pasa por cuestionar ese pretendido modelo garantista que no es tal.

Uno de los retos de los feminismos se encuentra en cómo poner en el centro las cuestiones de género y otras opresiones que se han de reflejar en las normas para que no se perpetúen las desigualdades, para que las personas (y en especial las mujeres) estemos realmente protegidas, sin recurrir al refuerzo del sistema punitivo actual que innegablemente, como advierte Angela Davis, no es más que la consolidación del patriarcado mismo. Para esto, la propuesta garantista es solamente la base.

Para ello, si bien las movilizaciones han sido extraordinarias, pienso que también, sosegadamente, tenemos que plantear miradas profundas a la justicia que excedan de los debates a los que se ha reducido lo sucedido en este caso: la falta o no de consentimiento de la víctima, si lo que sufrió se trata de un abuso o una agresión sexual, de si es necesario reformar estos delitos o el respecto a la presunción de inocencia.

Algunas de ellas son:

- Que no existen mecanismos dentro del proceso penal donde las personas, lejos de las lógicas de acusación y defensa, puedan encontrar un espacio para la parte humana y en su caso para la reparación.

- La necesidad de cuestionar el propio acto de juzgar para ser progresivamente sustituido por otro tipo de fórmulas de resolución de los conflictos, alejadas de la lógica del castigo con las que se refuerza la propia esencia de la dominación.

- El cuidado a la víctima, que en los procesos penales por la finalidad de acreditar los hechos para la imposición de un castigo al culpable, es muy difícil y en procesos tan mediáticos como estos se le pone en la plaza pública.

- Que la pena así impuesta es dudoso que solucione ni el conflicto, ni prevenga la comisión de futuros delitos por parte de esas mismas personas, ni por otras, ni atienda a la pacificación social.

- La necesidad de rechazar frontalmente la pena de prisión.

En la violencia de género y sexual estamos ante algo muy profundo e históricamente muy enraizado, algo que no podremos erradicar con un simple reajuste de algunos roles en lo sexual o social. Esto mismo sucede con la justicia penal que tenemos: parece un rasgo de vida y única forma de abordar el delito. Desde luego, mientras esté presente la noción colectiva de que el cuerpo de la mujer está disponible, es un objeto o se puede mercantilizar (en todas las dimensiones pensables) la dominación y por tanto la afectación a la integridad sexual estará presente en nuestra sociedad. Y a su vez, solo desenmascarando el sistema de dominación en el que vivimos y nos relacionamos, del que forma parte el sistema de justicia penal que tenemos, tendremos la honestidad de ofrecer respuestas que no pasen por estructuras y formas patriarcales como son el proceso penal actual y la prisión, que sean más justas para todos y todas, más útiles socialmente y más ajustadas a los Derechos humanos. Y esto sí es una verdadera propuesta garantista.