GARA
MADRID

La AN anula los estatutos del sindicato Organización de Trabajadoras Sexuales

La Audiencia Nacional española anuló ayer los estatutos del sindicato Organización de Trabajadoras Sexuales, Otras, alegando que «el ámbito de un sindicato no debe comprender actividades que no pueden ser objeto de un contrato de trabajo válido como es la prostitución por cuenta ajena».

En su sentencia, la Sala de lo Social estima parcialmente las demandas presentadas por la Comisión de Investigación de Malos Tratos a Mujeres y la Plataforma 8 de marzo de Sevilla, a las que se adhirió la Fiscalía, para quien los estatutos impugnados resultaban «fraudulentos» al reconocer como un trabajo la prostitución.

Según la Sala, admitir los estatutos supondría asumir, de forma colectiva, que se pueden negociar las condiciones en las que debe ser desarrollada la actividad de las personas empleadas en la prostitución, disponiendo para ello de forma colectiva, de un derecho de naturaleza personalísima como es la libertad sexual.

Ese derecho, añade, consiste en decidir «con qué persona determinada se quiere mantener una relación sexual, en qué momento y el tipo de práctica o prácticas que dicha relación debe consistir», lo que no sucede con el trabajo sexual por cuenta ajena. Otras defiende que su ámbito también incluye a bailarines eróticos o trabajadores porno.

LAB rechazó la decisión del tribunal y manifestó su defensa del derecho de todas las mujeres a organizarse y luchar por sus derechos. «Aún existiendo diferentes posiciones y puntos de vista sobre el trabajo sexual» en el sindicato, «tenemos claro que las trabajadoras sexuales tienen todo el derecho a organizarse y conformar sindicatos», afirmó.