GARA
MADRID

Aprobada la derogación del despido por acumular bajas médicas

El Gobierno español, en el Consejo de Ministros celebrado ayer, aprobó un real decreto ley que elimina el artículo 52.d del Estatuto de los Trabajadores que permitía el despido por acumular bajas médicas en un determinado periodo de tiempo.

En su literalidad, el artículo 52.d avala el despido objetivo «por faltas de asistencia al trabajo, aun justificadas pero intermitentes, que alcancen el 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos, siempre que el total de faltas de asistencia en los doce meses anteriores alcance el 5% de las jornadas hábiles, o el 25% en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses».

La ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, explicó que el real decreto ley aprobado ayer «impide que los más vulnerables puedan ser despedidos» por tener «una baja justificada por enfermedad». Con esta iniciativa, añadió Díaz, «vamos desmontando la reforma laboral del PP», derogando una «anomalía o excepcionalidad de España en relación con países del entorno que carecen de un precepto semejante».

Sin retroactividad

Díaz aseguró que la iniciativa aprobada –la derogación del artículo, no su modificación ni su sustitución por otro texto– no tiene carácter retroactivo, algo que lamenta porque «sé de la urgente necesidad y de la desazón de los trabajadores que se ven afectados por esta norma», que entra hoy en vigor a partir de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

La ministra agradeció al Ejecutivo que lidera Pedro Sánchez y a los interlocutores sociales su actitud ante esta necesidad de aportar «seguridad jurídica» a los trabajadores.