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MONTEVIDEO

Declaran inconstitucional la ley que enmendaba la Ley de Caducidad uruguaya

La Suprema Corte de Justicia de Uruguay ha declarado como inconstitucional parte de la norma que enmendaba Ley de Caducidad, que impedía la prescripción de delitos cometidos durante la dictadura, según ha informado el portavoz de la institución, Raúl Oxandabarat.

La Suprema Corte de Justicia uruguaya ha declarado inconstitucional parte de la ley de 2011 que impedía la prescripción de los delitos cometidos por policías o militares durante la dictadura (1973-1985).

Alrededor de 200 uruguayos fueron secuestrados y asesinados por el gobierno militar que dirigió el país entre 1973 y 1985. El Parlamento aprobó la norma en 2011 para que pudieran iniciarse los juicios contra los militares y personas que participaron en los crímenes, dejando sin efecto la ley de amnistía aprobada en 1986 y que protegía a todos los implicados.

La citada norma fue refrendada por la ciudadanía en 1989 y 2009.

El portavoz ha explicado que, por cuatro votos a favor y uno en contra, el Supremo anula los artículos dos y tres de la norma. Estos dos artículos señalan que «no se computará plazo alguno, procesal, de prescripción o de caducidad en el período comprendido entre el 22 de diciembre de 1986 y la vigencia de esta ley» ni para los crímenes cometidos «hasta el 1 de marzo de 1985, comprendidos en el artículo 1º de la Ley Nº 15.848, de 22 de diciembre de 1986».

Oxandabarat ha explicado que todas las causas que estén siendo investigadas en las que no haya ningún acusado deberán cerrarse inmediatamente. En cambio, sí podrán continuar las investigaciones judiciales en las que haya imputados, a los que se les podrá acusar de otros cargos si se descubren nuevos delitos.

A pesar de la ley de amnistía, decenas de militares acabaron en la cárcel, incluido los expresidentes Juan Maria Bordaberry y Gregorio Alvarez, que encabezaron el Ejecutivo entre 1981 y 1985.