NAIZ.INFO
EIBAR

El TVCP detecta irregularidades en la actuación del Ayuntamiento de Eibar en la operación de Errebal

El Tribunal Vasco de Cuentas Públicas (TVCP) ha detectado una serie de irregularidades en la actuación del Ayuntamiento de Eibar en relación a la operación del centro comercial Errebal, por la que un juzgado investiga al actual alcalde, Miguel de los Toyos, y a su antecesor, Iñaki Arriola, entre otros políticos y técnicos.

 Solar en el que se ubicaba el antiguo mercado de Errebal, ahora habilitado como parking. (Juanan RUIZ/ARGAZKI PRESS)
Solar en el que se ubicaba el antiguo mercado de Errebal, ahora habilitado como parking. (Juanan RUIZ/ARGAZKI PRESS)

A petición del Parlamento de Gasteiz el Tribunal Vasco de Cuentas Públicas (TVCP) ha examinado el cumplimiento de la legislación administrativa en el caso Errebal y ha emitido un informe que ha contado con dos votos particulares disconformes firmados por el vicepresidente del organismo fiscalizador, José Miguel Bonilla, y el consejero Mariano García.

La operación de Errebal consistió en la venta del terreno para levantar un centro comercial pero este no se llegó a construir debido a los problemas de financiación que padeció la empresa adjudicataria, creada tres meses antes del concurso público con escasa solvencia. Pero la empresa no cumplió y el Ayuntamiento, en lugar de demandarla, pactó la recompra del terreno. El Consistorio le devolvió los 650.000 euros fijados por la parcela y le pagó además otros 488.000 por los trabajos ya realizados.

Sobre esta operación –que precisó la acomodación «provisional» de la plaza del mercado en otro lugar– recayeron diversas denuncias y querellas. Una de ellas del grupo municipal EB-Aralar en 2010 por prevaricación y malversación de fondos. El actual alcalde, Miguel de los Toyos, y su antecesor, Iñaki Arriola, están imputados en la causa, entre otros políticos y técnicos.

El TVCP, en el informe dado a conocer este miércoles, cuestiona que el conflicto entre la adjudicataria y el Ayuntamiento se resolviera de mutuo acuerdo en virtud del interés público, al asegurar que los pliegos del concurso «preveían la no reversión de la parcela en el supuesto de incumplimiento imputable al contratista y en cambio sí preveían la incautación de la garantía depositada y la retención de la cantidad en metálico ofertada».

No acreditó la solvencia de la empresa

Además, recuerda que «según la legislación vigente, la ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista, salvo en supuestos de fuerza mayor».

Sostiene también que el Ayuntamiento no acreditó suficientemente la solvencia de la empresa adjudicataria, constituida tres meses antes de la convocatoria del concurso público, ya que exigió solo un certificado de un banco, lo cual no incumple la ley, según señala el TVCP.

El tribunal estima que «dado el volumen económico del contrato habría sido recomendable que la Administración hubiera exigido mayores requisitos de solvencia económica y financiera que los recogidos en los pliegos».

Las conclusiones cuestionan también la figura de la enajenación para esta operación y considera que el acuerdo de resolución del contrato implica «un nuevo negocio jurídico de compraventa», para lo que «se debería haber solicitado un informe pericial de tasación del bien que justificase el coste asumido».

El informe adjunta las extensas alegaciones del Ayuntamiento de Eibar, que cuestiona la capacidad del TVCP para fiscalizar operaciones que están siendo investigadas por los tribunales ordinarios de justicia, un argumento que esgrimen también los dos consejeros discrepantes con el informe.