@albertopradilla
MADRID

El Tribunal Supremo mantiene la suspensión del TC sobre el 9N

El Tribunal Supremo español ha denegado las medidas cautelares solicitadas por la Generalitat para dejar sin efecto la suspensión del 9N decretado por el Tribunal Constitucional.

En su auto, el Tribunal Supremo, además, advierte de que «concurre causa de inadmisibildad», lo que implicaría que ni siquiera se tomase en consideración las alegaciones del Govern que lidera Artur Mas. Da diez días a las partes para presentar documentación sobre este asunto, lo cual invalida la maniobra jurídica del Ejecutivo catalán ya que, aunque se entrase al fondo del asunto, algo que no parece probable, este debate se produciría después del 9N, una vez que tenga lugar el proceso consultivo suspendido por el TC.

Según la sección séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, la decisión del Consejo de Ministros español del 31 de octubre, fecha en la que se anunció las alegaciones contra el proceso participativo catalán, «no es acto susceptible de recurso contencioso, ni ordinario ni especial», y «no es de los que la ley reguladora somete al control de los tribunales». En todo caso, señala el TS, la impugnación correspondería al Tribunal Constitucional, que debería de resolver sobre su admisibilidad y sobre el fondo del asunto.

Sobre la primera cuestión ya lo hizo el martes, admitiendo a trámite el recurso y, por lo tanto, vetando la cita con las urnas. Sobre la segunda, todavía habrá que esperar. La media de tiempo en la que el TC resuelve sus deliberaciones son cuatro años y, en todo caso, antes tendría que pronunciarse sobre la primera consulta y la ley que la avalaba, también suspendidas. Finalmente, el Alto Tribunal indica que las resoluciones del TC no pueden ser enjuiciadas por ningún órgano jurisdiccional del Estado.