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Bruselas

Europa rechaza los contratos temporales en Osakidetza para cubrir plazas estructurales

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha emitido una sentencia que declara que la renovación sucesiva de contratos temporales para cubrir puestos de trabajo estructurales en Osakidetza es «contraria» a la legislación comunitaria.

Movilización convocada por los sindicatos de Osakidetza. (ARGAZKI PRESS)
Movilización convocada por los sindicatos de Osakidetza. (ARGAZKI PRESS)

La decisión del TJUE, dada a conocer este jueves por ELA a través de un comunicado, se produce en el marco de un procedimiento iniciado por este sindicato, que demandó a Osakidetza por el cese en el contrato eventual de una persona que había encadenado 13 contratos «sin una causa específica».

Ante esta demanda, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) decidió elevar una cuestión prejudicial al Tribunal Europeo para analizar si la legislación española y autonómica, así como la regulación de Osakidetza, resultaban contrarios a la legislación europea.

La Corte europea señala ahora, a través de esta sentencia, que la regulación de Osakidetza sí es «contraria» a la legislación europea. El TJUE, según ELA, ha determinado que «la contratación eventual del personal estatutario, en caso de considerarse fraudulenta, debe tener una sanción equiparable a la del personal laboral».

El sindicato ha añadido que «en el caso de los contratos laborales fraudulentos, las personas afectadas logran una contratación indefinida que solo puede finalizar cuando dicha plaza se cubra con personal fijo, normalmente mediante una OPE, por lo que no puede ser objeto de cese discrecional».

ELA considera que el pronunciamiento de este tribunal resulta «revolucionario» y «pone patas arriba el actual sistema de contratación de Osakidetza y gran parte de la Administración pública vasca».