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LUXEMBURGO

El TUE se pronuncia este martes sobre si el IRPH es abusivo

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) dictaminará este martes, a las 9.00, si el Indice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) debe estar sometido a control judicial para examinar si se trata de una cláusula abusiva y por tanto nula o si, por el contrario, se escapa de este escrutinio porque el hecho de que sea un índice oficial garantiza su transparencia.

Reivindicaciones contra el IRPH, en una concentración en Donostia. (Andoni CANELLADA/FOKU)
Reivindicaciones contra el IRPH, en una concentración en Donostia. (Andoni CANELLADA/FOKU)

Los jueces europeos deben responder, en concreto, a una serie de cuestiones prejudiciales planteadas por un juzgado de primera instancia de Barcelona con respecto la interpretación de la directiva sobre cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores.

El asunto se refiere al caso de un ciudadano que firmó un contrato hipotecario con Bankia con una cláusula relativa al cálculo de los intereses ordinarios conforme al IRPH. Este cliente presentó una demanda de judicial por considerar que la cláusula era abusiva ante el juzgado barcelonés, que posteriormente elevo el caso al tribunal de Luxemburgo.

Según la documentación remitida por el juzgado de Barcelona al TUE, el IRPH representa aproximadamente el 10% de los créditos concedidos en el Estado español y es «en efecto menos favorable» para el cliente que el Euríbor, utilizado en el 90% de los contratos. Además, apunta que emplear el IRPH en lugar del Euríbor supone un coste superior de entre 18.000 y 21.000 euros por hipoteca.

Así, la Justicia europea debe aclarar si es correcta la doctrina establecida por el Tribunal Supremo, que en 2017 dictaminó que un índice oficial como el IRPH no puede someterse a control judicial porque no está comprendido en el ámbito de aplicación de la directiva europea sobre cláusulas abusivas.

Postura del Abogado General

Sin embargo, el Abogado General del TUE Maciej Szpunar declaró hace unos meses que el IRPH debe estar sometido a la tutela de los tribunales estatales porque el mero hecho de ser un índice oficial no garantiza que sea transparente. Las conclusiones de los abogados generales no son vinculantes de cara a las sentencias posteriores, aunque suelen seguir la misma dirección en la mayoría de los casos.

De esta forma, si la sentencia del TUE siguiese el criterio del Abogado General, la Justicia europea abriría la puerta a una avalancha de demandas en los tribunales del Estado español, que obligarían a los bancos a devolver a los clientes grandes cantidades de dinero si declaran que las cláusulas eran efectivamente abusivas.

Por ejemplo, los seis bancos cotizados han admitido una exposición conjunta al IRPH que supera los 15.200 millones de euros. Entre allas, destaca la de Caixabank (6.060 millones), seguida de la de Banco Santander (4.300 millones), BBVA (2.800 millones), Bankia (1.300) y Sabadell (751 millones), mientras que Bankinter no tiene ninguna exposición a este índice.

El saldo vivo que las grandes entidades bancarias españolas tienen en préstamos referenciados al IRPH era de más de 17.000 millones de euros al cierre del 2018, de los cuales 1.235 millones de euros corresponden a Kutxabank.

Además, el juzgado barcelonés también pregunta a la Justicia europea si, en el caso de que un tribunal declare que una cláusula con IRPH es nula por falta de transparencia, sería correcto sustituir este índice por el Euríbor en el contrato hipotecario o habría que dejar de aplicar cualquier índice, lo que dejaría al consumidor sólo con la obligación de devolver el capital prestado.

Esperanzados

La postura del letrado generó satisfacción y esperanza en las personas afectadas por las hipotecas con IRPH y asociaciones de consumidores. El mismo día en que Szpunar hizo pública su resolución, Ander Abuin, uno de los letrados del despacho de Abogados Res –bufete que ha llevado el caso hasta el TJUE– valoró de forma muy positiva la postura del Abogado General de la UE.

Entrevistado por NAIZ Irratia, comentó que «no podía ser mejor», pero advirtió de que hay que mirar con cierta cautela porque, si el TJUE decide seguir el mismo criterio, «la sentencia no se aplica de forma directa; cada afectado tendrá que acudir a los tribunales para defender su derecho».