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Condenado a seis meses de prisión un ertzaina por agredir a una detenida en los calabozos

Un agente de la Ertzaintza ha sido condenado a seis meses agredir a una mujer detenida en la comisaría de Getxo, mientras que la mujer también ha recibido una multa por desobediencia. La sentencia destaca la importancia de las grabaciones videográficas que evidenciaron la agresión.

Silvia, segunda por la izquieda, en una concentración con motivo del juicio.
Silvia, segunda por la izquieda, en una concentración con motivo del juicio. (Marisol RAMIREZ | FOKU)

La Audiencia de Bizkaia ha condenado a seis meses de prisión a un ertzaina por abofetear y propinar dos puñetazos a Silvia, una mujer detenida en los calabozos de la comisaría de Getxo en el año 2018, a quien también condena a una multa por un delito de desobediencia a agentes de la autoridad.


Además de la pena de prisión, la Sección Primera de la Audiencia vizcaina ha acordado la inhabilitación especial para cargo público del agente durante el tiempo de la condena y le impone el pago de una multa de tres meses a razón de diez euros por día (sobre 900 euros).

El tribunal también ha determinado que el procesado indemnice a la mujer con 12.400 euros por el daño moral causado y por la «agravación de la clínica psiquiátrica» que esta padecía con anterioridad al hecho.

Por otro lado, la Audiencia ha impuesto a la mujer una multa de tres meses a razón de seis euros por día –unos 540 euros– como autora de un delito de desobediencia a agentes de la autoridad en una sentencia fechada el 27 de noviembre que ha sido notificada este jueves a las partes.

Los hechos considerados probados en el fallo judicial y que dieron lugar a la interposición de sendas denuncias entre los acusados tuvieron lugar el 26 de mayo de 2018 cuando la mujer se topó en el exterior de un supermercado de Algorta (Getxo) con varios agentes que estaban identificando a un varón ebrio por molestar a los viandantes.

La mujer les reprochó su actuación y, según se recoge en los hechos probados, fue detenida acusada de un delito de resistencia y desobediencia a la autoridad y llevada a comisaría.

Una vez en los calabozos, ella quiso recuperar una cartera de su propiedad y trató de arrebatársela sin éxito a una agente, momento en el que el ertzaina procesado la agarró del brazo y con «evidente extralimitación y sin necesidad alguna» le propinó una «fuerte bofetada».

La sentencia relata que ella entonces le «arañó en la cara y en el cuello» y que mientras otra agente se interponía entre ambos, el acusado volvió a propinarle «dos fuertes puñetazos en la cara».

Según denunció SOS Racismo Bizkaia, Silvia, la mujer agredida por el agente, salió en defensa de una persona sin hogar, que estaba siendo «acosada por la Policía».

«Los agentes le contestaron que no se metiera y la empujaron haciéndola caer hacia atrás. Uno de los dos agentes le dijo agarrándose el uniforme: ¿Ves qué es esto? ¿Sabes qué es esto? Vete a tu puto país, vete a tomar por culo», asegura SOS Racismo Bizkaia.

Tras ello, la mujer fue detenida y trasladada a la comisaría de la Ertzaintza de Getxo. «La llevaron a los calabozos, donde uno de los agentes empezó a hurgar en su billetera. Silvia entonces pidió explicaciones. Sin embargo, ignoraron su petición y procedieron a meterla en el calabozo. Fue entonces cuando uno de los agentes la golpeó brutalmente hasta en cinco ocasiones», ha explicado SOS Racismo Bizkaia.

El tribunal reconoce en su fallo la importancia que han tenido en este caso las «valiosísimas grabaciones videográficas» de los dos escenarios en los que tuvieron lugar los hechos objeto del enjuiciamiento: el exterior del supermercado y el interior de los calabozos.

Respecto a la actuación de la mujer, el tribunal estima que los hechos probados son constitutivos de un delito de desobediencia grave, ya que a pesar de que los agentes le indican que la cartera con sus pertenencias por protocolo la deben custodiar ellos, intenta por dos veces arrebatársela a una policía, «con lo cual está mostrando una conducta de continuado desprecio al principio de autoridad ejercido por los dos agentes que le dan una orden legítima».

También considera que las lesiones que ella causó al agente se enmarcan dentro de la «legítima defensa», por lo que la absuelve del delito leve de lesiones del que la acusaba el ertzaina implicado en su denuncia.