
El Tribunal Superior de Justicia de Nafarroa (TSJN) ha dado por bueno el recurso contencioso-administrativo contra uno de los permisos de explotación para la mina Muga, el denominado Goyo, que fue presentado por Ecologistas en Acción y Sustrai con el apoyo de la Plataforma Unitaria contra la Minas de Potasa en la Bal d'Onsella y Erreniega, según han informado estos colectivos.
La sentencia, contra la que pueden presentar recurso tanto el Gobierno navarro como la empresa concesionaria, Geoalcali, advierte de que la Administración General del Estado «ha asumido parcial e insuficientemente la competencia que le correspondía respecto al proyecto único y supraterritorial de la mina Muga».
Este proyecto minero se asienta sobre las localidades navarras de Zangoza y Xabier y las aragoneses de Undués de Lerda y Urriés y ha recibido un claro apoyo por parte del Gobierno navarro.
Fraccionamiento del proyecto
Según el TSJN, «se ha producido un fraccionamiento del proyecto contrario a Derecho», pues, según señalan quienes presentaron el recurso, tanto Geoalcali como las administraciones públicas (gobiernos de Nafarroa, Aragón y español) dividieron el expediente.
«En definitiva, siendo que la empresa presenta un proyecto único de explotación para un recurso minero que abarca el territorio de dos comunidades autónomas, debe llevarse a cabo un procedimiento único de tramitación para la concesión de explotación, una evaluación ambiental única del proyecto completo y una sola resolución de concesión de explotación del recurso minero con todas las condiciones necesarias que debe cumplir la empresa a lo largo del proceso extractivo y en la restauración del terreno, una vez finalizadas las labores de explotación», señala la sentencia del TSJN.
Quienes han presentado el recurso recuerdan que Geoalcali, promotora de la mina, «siempre ha hablado de un único proyecto denominado Muga y como tal ha sido tratado en la firma de un convenio de encomienda entre las tres administraciones para obtener la declaración de impacto ambiental (DIA)».
Riesgos sin evaluar
Junto a ello, la sentencia del TSJN señala que la DIA «deja aspectos sin evaluar de gran importancia como los riesgos geológicos o la seguridad de los trabajadores».
Desde las asociaciones que presentaron el recurso recuerdan que «en ningún momento se ha tenido acceso público a las medidas que Geoalcali afirma que va a emprender para evitar los graves problemas generados potencialmente por la actividad minera».
Entre estos riesgos, estas asociaciones citan subsidencias y hundimientos del terreno, sismicidad inducida y afecciones ambientales asociadas al transporte de mercancías (más de 500 camiones diarios según Geolcali) y las afecciones a los cursos fluviales y acuíferos, incluyendo el embalse de Esa.

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