NAIZ

Nuevo reglamento de extranjería en el Estado español, ¿qué mejora y qué no arregla?

La reforma del reglamento de la Ley de Extranjería aprobada este martes por el Gobierno español reduce plazos y simplifica requisitos para regularizar, proceso del que podrían beneficiarse unas 300.000 personas cada año según afirma, pero colectivos subrayan que mantendrá diversas carencias.

Colectivos ponen el foco en la ILP por la regularización: En la imagen, un acto de impulso en Donostia.
Colectivos ponen el foco en la ILP por la regularización: En la imagen, un acto de impulso en Donostia. (Jon Urbe | Foku)

El Gobierno español ha modificado el reglamento de la Ley de Extranjería homogeneizando las figuras de arraigo, el mecanismo existente para que los extranjeros puedan regularizar su situación administrativa, y reduce de 3 a 2 años el tiempo de permanencia necesario para acceder a ellas.

También aclara la incompatibilidad entre la solicitud de protección internacional y la regularización por arraigo, mejora la reagrupación familiar, establece que todos los visados tengan una duración inicial de un año, refuerza la protección para los trabajadores de temporada y facilita la transición del permiso de estudios al de trabajo.

Entidades sociales y el movimiento migrante Regularizacion Ya lo han valorado positivamente aunque alertan de que puede «dejar atrás» a muchas personas y piden no renunciar a la regularización extraordinaria que se tramita en el Congreso.

Desde la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR) entienden que la aprobación del nuevo reglamento es «un paso adelante para reconocer a muchas personas migrantes como sujetas de derecho», pero advierten de «puede dejar a muchas personas atrás».

Para CEAR la reforma «penaliza a las personas que solicitan asilo, que no podrán acogerse al arraigo si no renuncian a su petición o si no la tienen ya denegada definitivamente», y advierte de que «el régimen transitorio previsto les obliga a permanecer seis meses en situación irregular para poder solicitar arraigo, siempre y cuando cumplan el resto de requisitos».

CEAR alerta de que la reforma «penaliza a las personas que solicitan asilo, que no podrán acogerse al arraigo si no renuncian a su petición o la tienen denegada definitivamente»

 

El director de CEAR, Mauricio Valiente, ha reclamado que esta reforma no puede suponer renunciar a la iniciativa legislativa popular de regularización extraordinaria que se tramita en el Congreso, que «sigue vigente y es más importante que nunca».

Valiente ha recordado que el Gobierno Sánchez se comprometió a compartir con las organizaciones sociales su plan de aplicación del Pacto Europeo de Migración, que contempla una serie de reformas legislativas y normativas que serán «muy importantes para completar un marco en una Europa, que cada vez está más escorada hacia la xenofobia y la extrema derecha».

Por otro lado, fuentes de Accem han señalado a EFE que la entidad considera favorable la reforma del reglamento de extranjería ya que era necesario «adaptar la normativa a estas realidades para que las personas pudieran acceder a regularizar su situación administrativa de forma segura».

Entre las mejoras, cita la nueva figura del arraigo sociolaboral, que «se adapta mejor a la realidad en la que se encuentran muchas personas extranjeras» y permitirá normalizar muchas situaciones y el arraigo de segunda oportunidad, que «intenta poner solución al problema de la irregularidad sobrevenida en la que se encuentran muchas personas».

Pero la ONG también advierte de que esta reforma habría sido una oportunidad para introducir visados humanitarios que permitieran facilitar el acceso al procedimiento de asilo a las personas que necesitan protección internacional sin tener que recurrir a la entrada irregular.

«En un contexto donde se está produciendo el mayor desplazamiento forzado de la historia es necesario establecer vías legales que permitan a las personas desplazadas forzosamente poder acceder a la Protección Internacional sin obligarles a llegar de forma irregular poniendo en peligro sus vidas», han señalado.

Desde el movimiento migrante Regularización Ya sostienen que «por mucho ajuste que haya realizado el Gobierno con la reforma» siempre hay margen para continuar exigiendo la aprobación de iniciativa legislativa popular de regularización, de la que son impulsores, que está avalada con más de 600.000 firmas.

Este colectivo ha subrayado que el próximo miércoles se reunirá la comisión de la ponencia para elaborar un dictamen que irá al pleno del Congreso «y allí se verá la verdadera voluntad del Gobierno tanto de PSOE como de las demás fuerzas de realizar una regularización extraordinaria».

Seis claves

A continuación, algunas de las claves de esta reforma integral del texto, vigente desde hace 13 años, que entrará en vigor en forma de real decreto en seis meses desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

1. Reconfiguración de las figuras de arraigo

Una de las novedades más reseñables es la reconfiguración de las figuras de arraigo, que quedan de la siguiente forma:

-- Arraigo social: pasa de exigir tres años de residencia a dos y mantiene el requisito de acreditar vínculos familiares con residentes legales en el país o aportar un informe de arraigo que acredite la integración social del solicitante.

Se pasa de exigir tres años de residencia a dos y de un contrato de 30 horas semanales a 20

 

-- Arraigo sociolaboral: (sustituye al conocido hasta ahora como laboral): sigue exigiendo dos años de residencia y un contrato de trabajo pero se reduce de 30 a 20 horas el número de horas semanales exigidas en dicha relación laboral.

-- Arraigo socioformativo: (sustituye al arraigo para la formación): mantiene los dos años de residencia exigidos y el compromiso de formarse en una profesión demandada en el mercado laboral. Ahora se podrá trabajar desde el primer momento, mientras se recibe la formación.

-- Arraigo de segunda oportunidad (de nueva creación): también con el requisito de dos años de residencia en España, permite regularizar a los extranjeros que han tenido una autorización previamente y por alguna razón no ha podido renovarla.

-- Arraigo familiar: no requiere un tiempo de residencia mínimo en el Estado español y queda limitado a los progenitores nacionales de terceros países de ciudadanos de otros Estados de la UE porque el resto de supuestos se regula en un nuevo estatuto de familiar de ciudadanos españoles.

2. Incompatibilidad del arraigo con la protección internacional

Otra de las novedades del nuevo texto es que establece que el tiempo de residencia como solicitante de protección internacional no computará como tiempo a tener en cuenta para optar al arraigo, como ha dictaminado recientemente el Tribunal Supremo y sostiene también la legislación europea.

Como vía transitoria, durante un año, el Gobierno reducirá de 2 años a 6 meses el tiempo de residencia mínimo en España exigido para que los solicitantes de asilo que tengan una petición denegada en firme puedan acceder a las diferentes figuras de arraigo, siempre que cumplan los diferentes requisitos.

3. Mejora de la reagrupación familiar

Se crea una autorización de residencia para familiares de ciudadanos españoles y se amplía su cobertura.

Entre las novedades, extiende la edad de los hijos beneficiarios de 21 a 26 años, incluye otras realidades como las parejas no registradas formalmente que puedan acreditar una relación afectiva análoga y se facilita la reagrupación de los hijos y progenitores de víctimas de trata, violencia sexual o de género.

4. Un año inicial y cuatro de renovación para todos los permisos

El nuevo reglamento crea un título específico para los visados y establece que todas las autorizaciones iniciales van a ser de un año y las renovaciones, de cuatro.

Esto servirá para evitar situaciones de irregularidad sobrevenida, algo que también se ha querido evitar al simplificar los trámites para el cambio de una situación de residencia a otra: por ejemplo, no será necesario abandonar el país para obtener la residencia de larga duración después de una temporal.

La modificación también extiende el visado para la búsqueda de empleo de tres meses a un año.

5. Protección para los trabajadores por temporada

Se crea una autorización específica de residencia y trabajo para las actividades de temporada que facilita la contratación individual y colectiva y mejora la protección de los derechos de los trabajadores, ya que estos deberán tener información concreta y escrita en un idioma que comprendan de sus condiciones laborales, de estancia y otros gastos.

El nuevo texto mejora sus condiciones de habitabilidad y su seguridad desde que sale del país hasta que su alta en la Seguridad Social y se incluye la posibilidad de cambiar de empleador en caso de abuso u otras causas que hayan impedido desarrollar la relación laboral, como una plaga en la cosecha.

6. Vía rápida entre autorización de estudios y de trabajo

En cuanto a la formación, las personas que vengan al Estado español para cursar sus estudios contarán con una autorización de estancia inicial que dure el mismo tiempo que su formación y se les facilitará una vía rápida para poder enlazarla con una de trabajo cuando acaben los estudios.

Además, mientras estudian, podrán trabajar un máximo de 30 horas semanales.