
La Comisión Europea ha anunciado este lunes una multa de 329 millones de euros a Glovo y Delivery Hero por violar las reglas de competencia de la Unión Europea con prácticas abusivas como el intercambio de información sensible o pactos para no contratar empleados de otra firma o repartirse los mercados dentro del Espacio Económico Europeo.
Bruselas sitúa el inicio del cártel entre dos de las principales marcas del sector de reparto de comida a domicilio en julio de 2018, cuando Delivery Hero adquirió una parte minoritaria de Glovo, y establece que las prácticas dejaron de ser punibles en julio de 2022, cuando Delivery pasó a tener el control total de la compañía española.
Glovo ya ha recibido multas por parte del Estado español y ha pasado por varios juzgados de Euskal Herria. Ahora, la Comisión acusa a estas dos empresas de haber retirado «progresivamente» durante ese periodo de cuatro años entre 2018 y 2022 las «restricciones competitivas» que existían entre las dos empresas para reemplazarlas «por una coordinación anticompetitiva de múltiples capas».
Por ello, los servicios comunitarios imponen una multa de 223,2 millones de euros a Delivery Hero y otros 105,7 millones a Glovo; tras aplicarles un 10% de reducción en la sanción por reconocer su participación en el cartel y asumir la responsabilidad.
Tres infracciones
En concreto, la Comisión castiga tres infracciones, incluidas las cláusulas recíprocas para impedir que una compañía reclutara personal de la otra firma; un pacto que inicialmente abarcaba unas categorías concretas de empleados, pero que después se fue ampliando también hasta tener un impacto generalizado sobre casi toda la plantilla.
El segundo campo de infracción tiene que ver con el intercambio de información sensible como políticas de precios, estrategias de venta, costes o capacidad de producción, con el objetivo de «alinear» sus dinámicas y poder así «influir» en los mercados europeos de la distribución de comida a domicilio.
Finalmente, la tercera práctica que Bruselas castiga por abusiva se refiere a los acuerdos para dividirse los mercados nacionales de la venta online de alimentos en el Espacio Económico Europeo (EEE), incluido evitando la entrada de la otra en sus respectivos mercados nacionales o coordinando la entrada en otros en los que hasta ese momento ninguna de las dos tenía presencia.

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