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El Supremo resuelve a favor de Bizkaia un pleito sobre el IVA y recuperará 700 millones

El Tribunal Supremo español ha analizado el tratamiento de las devoluciones del IVA que corresponden a Coca-Cola y ha dictado una sentencia que supondrá el ingreso de cerca de 700 millones por parte de la Hacienda foral de Bizkaia. 

Planta de Coca-Cola en Galdakao.
Planta de Coca-Cola en Galdakao. (Gorka RUBIO | FOKU)

El Tribunal Supremo español resolvió el pasado 18 de julio a favor de la Diputación foral de Bizkaia un pleito sobre la recaudación del IVA en una sentencia que implicará la devolución de alrededor de 700 millones de euros.

Según ha publicado ‘El Correo’, la sentencia analiza el tratamiento de las devoluciones del IVA que corresponden a Coca-Cola, con sede estatal en Madrid, pero cuya planta de Galdakao es uno de sus principales centros de producción y logística, y avala la interpretación de la Hacienda vizcaina.

Implicará la recuperación de 252 millones de euros, que tuvo que abonar Bizkaia por los ejercicios de 2013 a 2016, pero fijando criterio sobre las devoluciones del IVA de los ejercicios siguientes, que podrían ascender a casi 450 millones. Así que el impacto total ronda los 700 millones.

Preguntado en Radio Euskadi por esa resolución del TS, el diputado general de Araba, Ramiro González, ha valorado que «es muy importante para Euskadi en su conjunto», por la cuantía que estaba en juego y, sobre todo, «porque marca además, cómo tiene que producirse la recaudación a partir de ahora».

Ha destacado que las tres Haciendas de la CAV esperaban la resolución del TS, porque afectará a toda la comunidad autónoma, ya que el IVA está sujeto a reparto.

Esos 252 millones de euros del litigio «vienen a Bizkaia, pero se reparten a coeficientes entre las tres diputaciones» y, por la ley de aportaciones, «de esa cantidad, el 70% irá al Gobierno Vasco y del resto, una parte muy significativa, a los ayuntamientos de los tres territorios».

A su juicio, la sentencia «supone también una consolidación del Concierto económico y la determinación de que en la interpretación de la norma, Bizkaia tenía razón».