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Lakua suspende ferias y eventos con animales, y endurece las condiciones para su transporte

Un día después de celebrarse Santo Tomás, el Gobierno autonómico refuerza las medidas cautelares frente a la Dermatosis Nodular Contagiosa (DNC) con la suspensión de eventos con animales a partir del 26 diciembre. En principio la medida estará vigente hasta finales de febrero.

Ganado bovino en la feria de Santo Tomás de Donostia.
Ganado bovino en la feria de Santo Tomás de Donostia. (Andoni CANELLADA | FOKU)

El Departamento de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca del Gobierno de Lakua ha aprobado una nueva orden que refuerza las medidas cautelares frente a la Dermatosis Nodular Contagiosa (DNC), de forma que se suspenden ferias y eventos con animales y se endurecen las condiciones de movimiento y bioseguridad del ganado, a partir de este 26 de diciembre.

Las restricciones estarán vigentes hasta el 26 de febrero de 2026, pudiendo prorrogarse en función de la evolución epidemiológica. La decisión se hace pública un día después de que se hayan celebrado feria como Santo Tomás o Santa Lucía.

El Ejecutivo autonómico ha considerado necesario «extremar las precauciones y adoptar medidas preventivas adicionales para proteger a las explotaciones ganaderas». La orden establece la suspensión de la presencia de animales en ferias, concursos, certámenes, mercados, romerías, herri kirolak y cualquier otro evento de carácter temporal, con el objetivo de evitar concentraciones de animales que puedan facilitar la transmisión de la enfermedad.

No obstante, las diputaciones podrán autorizar de manera excepcional la celebración de determinados eventos con presencia de especies no sensibles, siempre que se desarrollen conforme a un plan sanitario específico de desinfección y desinsectación validado por el servicio de ganadería correspondiente.

Limpieza y desinfección

En cuanto a los movimientos de ganado, todos los vehículos que transporten animales deberán ir acompañados del correspondiente certificado de limpieza y desinfección, y de una declaración responsable de desinsectación. Además, será también obligatoria la desinsectación de los animales transportados, salvo en los movimientos con destino directo a matadero.

La orden prohíbe la entrada en Araba, Bizkaia y Gipuzkoa de animales procedentes de explotaciones situadas en zonas declaradas como restringidas frente a la DNC, salvo en el caso de animales vacunados conforme a la normativa europea vigente.

Asimismo, los bovinos y animales de otras especies sensibles que se incorporen a explotaciones vascas procedentes de fuera del territorio quedarán sometidos a medidas de vigilancia y control durante un periodo mínimo de 28 días, que incluirá la realización de pruebas diagnósticas.

Durante este tiempo, los animales deberán mantenerse desinsectados y las explotaciones receptoras podrán quedar cautelarmente inmovilizadas, afectando al conjunto de animales sensibles presentes.