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Cronología de la doctrina 197/2006

La doctrina 197/2006, conocida asimismo como «doctrina Parot», supuso la anulación «de facto» de las redenciones de pena, alargando en varios años la condena prevista inicialmente.   

Manifestación por la libertad de Inés del Río celebrada el pasado marzo en Tafalla. (Iñigo URIZ / ARGAZKI PRESS)

8 de febrero de 2006: El ministro español de Justicia, Juan Fernando López Aguilar (PSOE), es preguntado en una entrevista por la próxima salida de algunos presos, entre los que se encuentra Unai Parot. «Vamos a trabajar cuanto esté en nuestra mano para evitar que se produzcan estas excarcelaciones», asegura el ministro, quien añade que analizará si es posible «construir nuevas imputaciones». La expresión no es nueva, López Aguilar ya la empleó unos meses antes para tratar de impedir la puesta en libertad de Iñaki de Juana.

20 de febrero de 2006: El Pleno de la Sala Penal del Tribunal Supremo estima el recurso interpuesto por el preso vasco Unai Parot contra la decisión de la Audiencia Nacional de acumular todas sus condenas en dos penas de 30 años de prisión con el argumento de que los hechos por los que fue juzgado se cometieron en dos periodos de tiempo diferentes. Los magistrados decretan que Parot «solo» debe cumplir una condena de 30 años pero, al mismo tiempo, deciden modificar la forma en que se aplicaban las redenciones hasta la fecha, lo que en la práctica supone su anulación. De este modo, la extinción de condena se fija para 2020 y no para 2011, tal y como estaba previsto. Parot ingresó en prisión en 1990. Esta doctrina, oficialmente denominada 197/2006, comienza a aplicarse de inmediato a otros prisioneros, que cuando ya estaban a punto de salir ven como de un día para otros les alargan sus condenas por varios años. Un mes más tarde ETA declara un alto el fuego permanente, pero ello no genera ningún cambio en la política penitenciaria.  

28 de marzo de 2006: La defensa de Parot anuncia recurso ante el Tribunal Constitucional. Su admisión a trámite será rechazada por «cuestiones de forma». Lo mismo sucederá con decenas de reclamaciones similares. Las que se van admitiendo no conocerán una decisión hasta 2012.

17 de mayo de 2006: El Parlamento de Gasteiz rechaza la doctrina 197/2006 y pide su anulación. Se trata de una propuesta de EA que cuenta además con los votos de PNV, EHAK y EB. El texto sostiene que el criterio del Supremo «viene a infringir los principios de legalidad, seguridad jurídica e irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales» y llama la atención, en el apartado reservado a su justificación, sobre la necesidad de tener en cuenta el «nuevo contexto que se abre paso para lograr la paz y la normalización política» a la hora de aplicar la política penitenciaria. PSE y PP votan en contra.

11 de junio de 2008: La Audiencia Nacional ordena la aplicación de la doctrina 197/2006 a Pello Odriozola e Inés del Río, quienes iban a quedar en libertad tres semanas después, el 2 de julio. La tafallesa Del Río llevaba 21 años en prisión. Su salida se fija para 2017, lo que supone nueve años más de condena.  

16 de mayo de 2011: El Constitucional comienza a revisar los primeros recursos admitidos y aclara que decidirá «caso por caso».

29 de marzo de 2012: Seis años después de que se produzca el primer caso, el Tribunal Constitucional rechaza 25 de los 28 recursos de presos vascos que ha analizado, del total de 62 que habían sido admitidos a trámite. De este modo, el TC ofrece su respaldo a la aplicación de la doctrina 197/2006, que en este momento ya ha sido aplicada a 77 prisioneros vascos.

14 de abril de 2012: Miles de personas se manifiestan en Bilbo para mostrar su rechazo a la decisión del Constitucional. La movilización es convocada por los firmantes del Acuerdo de Gernika, que consideran la resolución «un ataque contra los deseos de paz y solución»" del pueblo vasco.

18 de abril de 2012: El Tribunal Constitucional publica sus sentencias sobre los recursos. Cinco de los once magistrados redactan votos particulares en los que muestran su rechazo a la aplicación de la doctrina 197/2006, al entender que no se ajusta a los principios del Derecho.  

10 de julio de 2012: El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo, dictamina que la denominada «doctrina Parot» no cumple con los principios del Convenio Europeo de Derechos Humanos porque añade de manera retroactiva una condena más dura que la aplicable cuando las personas a las que se ha aplicado fueron juzgadas. La Corte de Estrasburgo se pronuncia de esta manera respecto al primer recurso que llega a sus manos, el presentado por Inés del Río tras agotar sin éxito las vías judiciales españolas. El Tribunal establece que «España debe garantizar la puesta en libertad de la demandante a la mayor brevedad posible» y condena al Estado a pagar a la tafallesa 30.000 euros en concepto de daños morales. El Gobierno de Madrid anuncia que presentará un recurso y que no liberará a Del Río hasta que este se resuelva.

21 de agosto de 2012: La Sala de Vacaciones del Tribunal Constitucional español decide denegar la excarcelación de dieciséis presos a los que se ha aplicado la doctrina 197/2006 y cuyos recursos están pendientes. En el fallo, el TC admite que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha rechazado esta práctica, pero argumenta que todavía no es firme porque habrá recurso.

4 de octubre de 2012: El Gobierno español recurre la sentencia del TEDH sobre Inés del Río. Argumenta que el principio de no retroactividad es aplicable a la condena en sí pero no a las redenciones, que corresponden a la forma de aplicar la pena y que son prerrogativa de la política penitenciaria de cada Estado.

22 de octubre de 2012: El Tribunal de Estrasburgo admite a trámite el recurso presentado por el Gobierno español y también la petición de que sea examinado por los diecisiete magistrados que componen la Gran Sala.

23 de noviembre de 2012: Pese a la primera sentencia de Estrasburgo, la Audiencia Nacional española rechaza un nuevo recurso de 24 presos, entre los cuales se encuentra la propia Del Río.  
14 de marzo de 2013: El Parlamento de Gasteiz vuelve a rechazar la doctrina, con los votos favorables de PNV y EH Bildu. Es una iniciativa presentada por la coalición soberanista en la que se critican las «leyes de excepción» a las que están sometidos los presos. Por las mismas fechas en rechazada en algunas juntas generales y capitales como Gasteiz, Bilbo y Donostia. Bildu y PNV lideran el rechazo, el PP se enroca y el PSE-PSN toma posiciones distintas según las instituciones.
 
20 de marzo de 2013: Tras una breve sesión de dos horas en la que cada parte expone su postura, la Gran Sala deja visto para sentencia el recurso del Estado español contra la excarcelación de Inés Del Río. Ante una posible sentencia que desmonte la «doctrina Parot», el ministro de Interior español amenaza con echar mano de la «ingeniería jurídica», pero luego recula y declara que se trata de una cuestión que compete a los tribunales. Por su parte, el titular de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, subraya que Estrasburgo «juzga casos individuales», por lo que el recurso de cada preso «tendría que ser resuelto por el propio tribunal» de uno en uno. Sin embargo, las agrupaciones de jueces recuerdan que las decisiones de Estrasburgo sientan jurisprudencia.