José Luis Herrero y Antton Azkargorta
Profesores despedidos de la UPV

El rector en la nueva ley española de universidades

Pensamos que los partidos nacionalistas que apoyan actualmente al Gobierno y le han ayudado en la aprobación de la ley deberían decir algo ante la imposición normativa del citado porcentaje, si es que verdaderamente apuestan por un profesorado propio provisto de plenas capacidades

El Congreso de los diputados ha aprobado recientemente la Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU). Ahora deberá pasar el trámite del Senado para su aprobación definitiva. A la espera de conocer el texto final, queremos fijarnos aquí en una importante modificación introducida con respecto a la anterior normativa española conocida como LOU.

Nos referimos al cargo de rector que en la anterior ley correspondía exclusivamente a los catedráticos funcionarios. En la redacción actual, el candidato a ese puesto no tendrá que ser exclusivamente catedrático, ni siquiera funcionario. Será suficiente con que sea doctor permanente a tiempo completo; es decir, se abre el camino para que el máximo mandatario universitario pueda ser profesor con contrato laboral.

Este parecería ser, en principio, un gran avance en la consolidación de un profesorado propio en la UPV, pero conviene que hagamos un poco de historia, interpretada, claro está, desde nuestra posición subjetiva de participantes en el proceso que llevó a la creación de figuras laborales permanentes en el profesorado.

El contrato laboral se introdujo en la LOU del Partido Popular en 2001. El PP disponía entonces de mayoría absoluta, pero la gran contestación que se produjo contra el proyecto inicial de la ley obligó a ese partido a pactar con los catalanes de Convergencia una serie de enmiendas que condujeron a la introducción de esa relación laboral y de un paquete de medidas que otorgaban amplias competencias a las comunidades autónomas en la esfera universitaria, entre ellas la posibilidad de elaboración de leyes propias que, en el caso de las comunidades autónomas vasca y catalana, fueron utilizadas para la creación de figuras laborales propias al margen de las funcionariales. La introducción del contrato laboral en la universidad representó una medida de importancia histórica dentro de la Universidad española. El contrato laboral ha sido un símbolo que ha encarnado las aspiraciones de varias generaciones de universitarios a construir una universidad popular, democrática, autónoma y propia. No hay que olvidar que en la tradición universitaria española los cuerpos funcionariales han tenido un enorme peso político, constituyendo la columna vertebral de la institución. La ruptura de ese monopolio habría una grieta que pensábamos podría permitir no solo la creación de figuras contractuales propias, sino también abrir el camino para que las nacionalidades históricas avanzasen en la construcción de universidades nacionales en sus respectivos países. En ese sentido, el antiguo movimiento de PNN en el estado y posteriormente las grandes movilizaciones de profesores contratados, estudiantes y el mundo cultural en Euskal Herria han sido algunos de los motores que han posibilitado ese logro histórico.

Otro hito importante en el camino hacia el profesorado propio fue la Ley vasca de Universidades o Ley «Iztueta» (2004). Esta ley contó con la presión y colaboración de los sindicatos abertzales y el apoyo crítico de la organización Sozialista Abertzaleak (SA) –presente en el parlamento de Gasteiz–. En un marco de acuerdo, no exento de conflicto entre partidos nacionalistas y la oposición del mundo sindical españolista y de los partidos del mismo signo, esa norma creó nuevas figuras laborales dentro de un campo teórico de igualdad de derechos y obligaciones entre contratados laborales y funcionarios. Más tarde, en 2007, la ley de reforma de la LOU implementada por el PSOE, que dada su minoría necesitó el apoyo de los partidos vasco y catalán, equiparó, a efectos de representación, en los órganos de gobierno colectivo a los profesores permanentes laborales con los funcionarios doctores. Otro avance en la difícil marcha para conseguir un
profesorado propio.

El desarrollo de estas leyes propias comunitarias ha sido desigual en Cataluña y la Comunidad Autónoma vasca. Más acentuada y efectiva en la primera que en la segunda. En la UPV, los límites legales de la ley española, los recortes presupuestarios, el escaso movimiento reivindicativo y el débil apoyo de la Universidad y el Gobierno vasco no han ayudado demasiado a la configuración de un profesorado y una universidad propia. La abusiva utilización del profesorado laboral precario para cubrir las necesidades universitarias ha constituido –y constituye– un obstáculo para romper con la preeminencia cualitativa del funcionario estatal, agente principal de la vida universitaria. Aunque hay que añadir también que tanto las leyes autonómicas como el nuevo profesorado laboral incorporado han servido para impulsar el proceso de euskaldunización y el cambio en la relación de fuerzas sindicales, hoy en día claramente a favor de las abertzales en el seno de la UPV.

La Conferencia de Rectores de las Universidades españolas (CRUE) en este punto de apertura del rectorado a los contratados laborales ha mantenido una oposición fuertemente corporativista y centralista. Aducen, algunos rectores, entre otros argumentos, que se rebaja el nivel de exigencia profesional. Introducen así la confusión entre categorías jurídico-administrativas y categorías académicas o de capacidad de gestión que por supuesto no les corresponden en exclusiva a los funcionarios. Es preciso tener en cuenta, además, que el texto legal deja en manos de la autonomía universitaria el establecimiento de los requisitos que deberá tener el candidato para aspirar al cargo de rector, cuyo mandato será ahora de 6 años y no renovable. En la propia ley se explicita, asimismo, la exigencia de méritos de investigación y docencia y experiencia en un cargo académico unipersonal. No hay excusa, por lo tanto, para negar la implementación de un principio de igualdad, hasta ahora inexistente. Lo malo de la ley es que exige que el 55% del personal universitario sea funcionario, lo que, si no se rectifica, mantiene «de facto» al contratado laboral como profesor de segunda y anula la medida progresista que se pretende plasmar. Pensamos que los partidos nacionalistas que apoyan actualmente al Gobierno y le han ayudado en la aprobación de la ley deberían decir algo ante la imposición normativa del citado porcentaje, si es que verdaderamente apuestan por un profesorado propio provisto de plenas capacidades. Lo correcto, a nuestro entender, sería que las comunidades con leyes universitarias propias, pudieran tener capacidad para determinar la proporción de funcionarios/contratados laborales en la composición de su profesorado, de acuerdo con su singularidad y autonomía.

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