Graves restricciones a la libertad de expresión en las protestas contra el partido Maccabi Baskonia en Gasteiz
"Amenazas globales a la libertad de expresión derivadas del conflicto en Gaza", así se titula el último informe de Irene Khan, relatora especial de las Naciones Unidas sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión, en el que demuestra como el conflicto de Gaza ha desatado una crisis mundial de la libertad de expresión.
En su informe, Irene Khan, como si hubiera visitado Gasteiz en las últimas fechas, constata un dilatado patrón de restricciones ilegales, discriminatorias y desproporcionadas a las actividades de promoción de los derechos del pueblo palestino. No es una realidad que nos resulte ajena o extraña en nuestro entorno.
El pasado jueves 30 de enero, mientras era identificado por tres agentes uniformados de la Ertzaintza por repartir propaganda denunciando el partido entre el Baskonia y el Maccabi de Tel Aviv, uno de los firmantes de este artículo recordaba infructuosamente a los agentes que conforme al derecho internacional de los derechos humanos, la libertad de opinión y de expresión garantiza el derecho de todas las personas a tener opiniones sin injerencia y a buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, y por el procedimiento de su elección.
Fútil y vano ejercicio, pues aquellos agentes uniformados no parecían saber nada de la libertad de opinión y expresión, y menos aún parecía importarles.
Como es sabido, y a pesar de la oposición expresada por cientos de manifestantes y decenas de organizaciones que quisieron mostrar su repulsa por el intento de blanqueo deportivo del genocidio, el citado partido finalmente se jugó el pasado 7 de febrero.
No fueron pocas las vulneraciones habidas durante las protestas a los derechos de opinión y expresión, restricciones a añadir a una larga lista de limitaciones y prácticas ilegales, discriminatorias y desproporcionadas que se producen cada vez que el equipo del Maccabi vista Gasteiz, hasta el punto de que conviene preguntarse qué entidad, vasca o extranjera, diseña los dispositivos de seguridad.
El propio grupo de animación Indar Baskonia convocó una rueda de prensa para denunciar los hechos sucedidos a lo largo de la tarde del día del partido de Euroliga, hechos que acarrearon la decisión valiente del colectivo de dejar vacío el fondo de animación durante la disputa del encuentro.
Según explicaron en un comunicado, una pancarta con el lema «From the river to the sea» (Desde el río hasta el mar), fue prohibida por la Oficina Nacional del Deporte, prohibición diligentemente aplicada por la Ertzaintza.
Sí, han leído bien, se puede proponer a bombo y platillo la limpieza étnica de dos millones de personas palestinas para construir una zona de veraneo para los oligarcas del mundo, pero en Gasteiz, la Ertzaintza impide acceder al campo de baloncesto con una pancarta con un lema tan peligroso e incitador al odio y la violencia como el citado «Desde el río hasta el mar».
La propia Relatora, en su informe, fija con claridad que la prohibición del lema «desde el río hasta el mar, Palestina será libre», el más reconocible en las manifestaciones a favor de Palestina es desproporcionado y no se ajusta al derecho internacional de los derechos humanos.
Por si fuera poco, y tal y como Indar Baskonia ha denunciado, diferentes personas, sin motivo alguno, fueron identificadas, cacheadas, recibiendo un trato vejatorio, y siempre en tono amenazante.
La propia manifestación que se produjo para denunciar el partido fue acompañada de un despliegue abrumador e intimidatorio de fuerzas del orden, incluso acompañados de perros, cuya actitud y presencia, en lugar de brindar seguridad como garantes de derechos de las personas y la comunidad a las que sirven, generaban, para muchas personas, un ambiente de intranquilidad o temor a que se produjeran incidentes que parecían desearse.
Es cierto que la libertad de expresión puede restringirse, pero cualquier restricción debe respetar de forma escrupulosa los requisitos de legalidad, legitimidad de los fines, necesidad y proporcionalidad de las medidas adoptadas para alcanzar esos fines, según estipula el derecho internacional. Dada la importancia de este derecho para el empoderamiento de las personas, piedra angular de la democracia que permite disfrutar de otros derechos humanos y libertades, cualquier restricción debe interpretarse de forma restrictiva y no debe menoscabar el propio derecho.
Sin embargo, en cada visita del equipo de Israel, se producen respuestas por parte de las autoridades frecuentemente arbitrarias, que equiparan la defensa de Palestina con el antisemitismo o la violencia siendo, además, discriminatorias y favorecedoras de un doble rasero en materia de derechos humanos, pues no se ha aplicado, que se sepa, ninguna restricción específica a ninguna manifestación de apoyo, por ejemplo, a Ucrania, cuya bandera se difundió diariamente en todos y cada uno de los canales televisivos tras la invasión del país.
Resulta terriblemente desolador tener que recordar a las autoridades que la prohibición de la exhibición de mensajes de apoyo al pueblo palestino no cumple los requisitos de necesidad y proporcionalidad y, por lo tanto, vulnera el derecho a la libertad de expresión. Equiparar la defensa de los derechos de las y los palestinos con la violencia o el antisemitismo no solo constituye una respuesta desproporcionada, sino que puede ser indicio de un racismo institucional subyacente contra el pueblo palestino que vulnera el principio más fundamental de los derechos humanos, es decir, que todas las personas tienen igual derecho a disfrutar de todos los derechos humanos.
Este tipo de recordatorios a las autoridades pertinentes, resultan más necesarios aún a la luz de la reciente opinión consultiva de la propia Corte Internacional de Justicia, que reafirma el derecho del pueblo palestino a la libre determinación y que concluye que la ocupación israelí del territorio palestino es contraria a derecho, y que todos los Estados tienen la obligación de velar porque se eliminen los impedimentos para ponerle fin.
La Corte defiende así la legitimidad de la defensa palestina de los derechos humanos, incluido el derecho a la libre determinación, y establece la obligación de que todos los Estados modifiquen sus leyes, políticas y prácticas que restrinjan o prohíban dicha defensa.
En definitiva, y en palabras de la propia Relatora, el genocidio en Gaza, la violación de los derechos humanos en el Territorio Palestino Ocupado y el incumplimiento por parte de Israel de sus obligaciones legales internacionales mediante la ocupación del territorio palestino, son asuntos de interés público a escala mundial: «no hay margen para restringir la libertad de expresión sobre esas cuestiones».
Francesca Albanese, relatora especial de Naciones Unidas sobre la situación de los derechos humanos en los territorios palestinos, declarada persona non grata por Israel, prohibiéndole el acceso a los territorios ocupados, nos habla de «test para la humanidad» en el sentido de que no debemos pensar que lo que está pasando es algo remoto. En la represión del movimiento de solidaridad con Palestina, nos recuerda, deberíamos ver la realidad que se está perfilando.
Ahora estamos en un momento crítico en el que tenemos que decidir si queremos un mundo que se resuma en una guerra sin cuartel por espacio y recursos, o si nos posicionamos por el respeto a los derechos humanos para todas las personas sin discriminación. El ejercicio efectivo de la libertad de opinión y expresión es esencial para el disfrute de otros derechos humanos y libertades, y constituye un pilar fundamental para la construcción de una sociedad democrática, razón por lo que nuestras instituciones tienen la obligación legal y moral de respetarlo y reforzarlo, en consonancia con las normas internacionales de derechos humanos.
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