José Martín Alustiza

Incoherencia y leyes contra ciencia

Me achacarán de reiterativo con esta petición, pero ocurre que soy persona de riesgo y paseo diariamente por un parque público frecuentado por corredores.

La consejera de Sanidad del Gobierno de Navarra, aconsejada por expertos en microbiología –y por sus propios conocimientos que para eso es doctora en Medicina–, dicta la Orden Foral, con la prohibición de fumar en terrazas y en movimiento por las calles de pueblos y ciudades de la Comunidad Foral, por qué esa actividad, según explica la doctora Laborda, lanza aerosoles, llamadas gotitas de Flügge, y porqué en esas gotitas es donde puede ir el virus.

Pero no decreta la obligatoriedad de llevar mascarilla a los corredores que practican footing en paseos y parques públicos mezclados con sus convecinos a los que bombardean con sus exhalaciones, lanzándoles aerosoles con gran fuerza y a mucha distancia, y quién sabe si cargados de virus del covid-19 a juzgar por el aumento de contagios que se experimenta día a día en ésta tercera ola de la epidemia. Pero no, a la Sra. consejera le debe parecer que lo que lanzan los corredores son gotitas de Channel nº 5. Esto es una incoherencia.

Me achacarán de reiterativo con ésta petición, pero ocurre que soy persona de riesgo y paseo diariamente por un parque público frecuentado por corredores, a los cuales les exhorto a llevar puesta la mascarilla. Unos siguen corriendo sin hacerme caso y otros, se me enfrentan contestándome que practicando deporte no tienen obligación de llevarla. Como se dice popularmente, cogen el rábano por las hojas. No hay ninguna Ley que permita correr por parques y paseos públicos sin mascarilla, retuercen a su favor la norma que dicta que se está exento de llevar mascarilla cuando se practica deporte, pero se refiere a la práctica en lugares cerrados y sin público, p.e. los futbolista en estadios vacios, sin espectadores. Nunca, insisto, de hacer deporte en lugares públicos y transitados. Desde la Consejería de Salud se debería aclarar este extremo.

Por otro lado, va y el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) y anula la citada resolución, sin ningún soporte científico, solamente apoyado en leyes que nada saben de la transmisión de enfermedades.

Seguramente a la Ley que aluden le hará falta reformarla en alguna coma para que la Orden Foral sea acorde con la misma. No está la necesidad de salvaguardar a la sociedad del contagio de la pandemia por encima de de aplicar la ley de forma leguleya? Esto es leyes contra ciencia.

En resumen incoherencia de medidas sanitarias acompañadas de intolerancia legal. Y mientras tanto la ciudadanía, desamparada y a seguir contagiándose.

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