Guillermo Perea Lopez de Letona

Las viviendas de protección pública y su carácter permanente

Si tenemos en cuenta que la calificación de protección pública es permanente, salvo los casos previstos en la Ley, el volumen de viviendas con esta calificación es enorme, puesto que la figura de la vivienda de protección pública existe desde tiempos de la dictadura

Me sorprende la connivencia hecha pública entre Kaleratzeak Stop Araba con la delegada territorial de Vivienda de Álava, María Concepción Fernández, en relación con las VPO. El pasado 28 de febrero en Diario de Noticias de Alava, hablando del «Aterrizaje de fondos buitre», de convenios suscritos en Araba con el Gobierno Vasco con promotoras privadas para la promoción de VPO en régimen de arrendamiento, diciendo que estos tienen una duración, en general, de 15-20 años, y que al final del plazo será posible cambiar el uso. Luego se dan unos datos por Kaleratzeak Stop (suponemos que constrastados con la delegada territorial de viviendas de Álava), de un total de 1.010 viviendas, de las cuales 530 tienen calificación de permanente com VPO y las 480 restantes, fecha en la cual quedarán libres. 852 están participadas por Kutxabank. Dicen además «Estamos especialmente preocupados de que estas viviendas acaben al final en propiedad de fondos buitres, y dejen de cumplir una función social al finalizar el convenio, tal y como está ocurriendo con las 540 viviendas de Benta Berri en Donostia, gestionadas ahora por el fondo buitre Black Stone a través de Socimi Testa Residencial y es propietaria también de más de 800 viviendas en Pamplona-Iruñea.

El artículo 26 de la Ley 3/2015 de 18 de junio de Vivienda, dice: «El precio y renta o canon en posteriores transmisiones o cesiones de uso de las viviendas de protección pública (VPO) y alojamientos dotacionales. En el punto 1, se dice asimismo: «Durante el período legal de protección, cualquier acto de disposición o de arrendamiento de viviendas protegidas en primeros o posteriores transmisiones estará sujeto a su precio de venta o renta máximo, que será fijado en la normativa de desarrollo de la presente Ley». En el punto 2 se dice: «Se prohíbe el sobreprecio, la prima o la percepción de cantidad que altere el precio, renta o canon que corresponda de acuerdo con las normas aplicables. Serán nulas de pleno derecho las cláusulas y estipulaciones que establezcan precios, rentas o cánones superiores a lo máximos que autorice la normativa aplicable en cada caso.»

En el artículo 29 de duración de la calificación. En el punto 1, se dice expresamente: «Las viviendas de protección pública y sus anejos (VPO), sea cual fuere su tipología o promoción, tendrán la calificación permanente de protección pública, con las salvedades previstas en esta Ley: a) Actuación urbanística o expropiatoria. B) Viviendas acogidas voluntariamente a calificación de protección pública por regeneración, renovación o rehabilitación».

En la página 88 y 6.2.2 del Plan Director de Vivienda de 2018-2020 del G.V.: «atendiendo al histórico de calificaciones de vivienda protegida de la Viceconsejería de Vivienda del Gobierno Vasco, en el País Vasco han sido calificadas un total de 125.192 viviendas protegidas. De ellas en 40.495 viviendas ha vencido la fecha de calificación protegida, por lo que han pasado a ser viviendas libre».

Si tenemos en cuenta que la calificación de protección pública es permanente, salvo los casos previstos en la Ley, según el artículo 29 de dicha Ley, el volumen de viviendas con esta calificación es enorme, puesto que la figura de la vivienda de protección pública existe desde tiempos de la dictadura, por lo que, anualmente se produce una gran cantidad de transmisiones de propiedad sobre las mismas, las cuales están sometidas a este derecho de tanteo y retracto.

A pesar de esto, las únicas transmisiones de este tipo de viviendas que se comunican, son aquellas que lo hacen mientras dura el período de bonificación, que se suele confundir, habitualmente, con el período de calificación como vivienda de protección pública, la cual hemos visto que es permanente.

Nos ha estado sorprendiendo las campañas de este último mes de Kaleratzeak Stop, no criticando al Gobierno Vasco, ni al ayuntamiento de Gasteiz, ni al de Donostia, que son los verdaderos responsables de lo que está ocurriendo con los fondos buitre en relación con las VPO, que no pueden perder su calificación de viviendas protegidas porque es permanente y en las que está prohibido expresamente el sobreprecio en cualquier transmisión de propiedad.

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