Iñaki Lasagabaster Herrarte
UPV/EHU

Una visión autoritaria del derecho

Prohibir no, pero más grave, se les espía y procesa sin garantías, en virtud de un principio de defensa del Estado que permite esta lectura autoritaria del derecho.

El debate actual sobre el espionaje a personas de la política, del derecho o a ciudadanos con determinados planteamientos políticos está poniendo de manifiesto un hecho más profundo y preocupante, que es la concepción autoritaria del derecho de la Administración, en este caso no sólo de las personas responsables de los servicios de espionaje, sino también de los tribunales y de la academia, es decir de las personas dedicadas, en este caso, al derecho público.

Hace un tiempo tuve ocasión de participar en un seminario en la Universidad de Barcelona sobre la sentencia del Tribunal Supremo que condenaba a políticos catalanes con importantes penas. En el debate se suscitó la falta de previsión en el Código Penal de preceptos que sirvieran para condenar a alguien por esos hechos. Poco antes se había eliminado del Código Penal el artículo dirigido contra la celebración de referéndums ilegales.

Una de las personas participantes, a la sazón catedrático de Derecho, ante la crítica realizada por considerar que las actividades desarrolladas en el proceso no podían entenderse incursas en ninguno de los delitos previstos en el Código Penal dijo: «pero, ¿algo había que hacer?».

La respuesta era clara, sí, se puede hacer, pero lo que permite la ley. Para él, sin embargo, se podía forzar la interpretación de la ley, porque «algo había que hacer». Así se negaba un principio fundamental como es el principio de legalidad penal. No es delito lo que no está previsto en la ley y la ley no se puede interpretar de forma extensiva ni analógica.

Ahora se ha presentado una situación nueva, en la que se quiere dar respuesta no a un hecho ya sucedido, el referéndum en Cataluña y demás hechos, sino que, preventivamente, el Estado pueda vigilar –espiar a políticos y políticas, ciudadanía, partidos, abogados y abogadas etc.–. Y lo puede hacer por su cuenta, sin dar razón a nadie, sin control alguno, ni de los jueces ni del parlamento (a no ser que se nos demuestre lo contrario).

Ante estos hechos y en sede parlamentaria, la ministra de Defensa, Margarita Robles, a la sazón magistrada del Tribunal Supremo, deja en evidencia al catedrático a quien antes he hecho referencia. Y lo deja en evidencia ya que no se trata de dar respuesta a un hecho acaecido, el referéndum, sino de prever e impedir que se puedan producir esos hechos, en sus palabras, que los planteamientos independentistas puedan desarrollarse.

Para la ministra de Defensa ya no hace falta ni una ley que lo permita, es algo evidente que el Estado precavido puede defenderse ante las ideologías independentistas y de otro tipo, que los poderes públicos consideren peligrosamente anticonstitucionales. Esta habilitación para que el Estado intervenga no precisa norma que lo justifique, se puede hacer porque el Estado lo necesita para su supervivencia. Esta afirmación así hecha, y la amenaza posterior de las cosas que se van a conocer gracias a las escuchas ilegales, evidencian una concepción autoritaria del derecho.

Un sistema democrático debe respetar el principio de separación de poderes, los derechos fundamentales y los poderes públicos el principio de legalidad. La actividad de espionaje desarrollada no respeta ninguno de ellos. Su responsable entiende que algo tenía que hacer y lo han hecho, al parecer. Luego se dirán cosas como que el Estado español no es una democracia militante, como lo es la alemana, porque aquí no ha prohibido a los partidos comunistas, por ejemplo.

Por ejemplo, prohibir no, pero más grave, se les espía y procesa sin garantías, en virtud de un principio de defensa del Estado que permite esta lectura autoritaria del derecho. Después de una dictadura tan larga como la franquista, las categorías jurídicas que garantizan la existencia de una democracia deberían ser consideradas de otra forma. Aunque quizá sea esa precisamente, la forma en que se produjo la transición, la que llevó a una concepción autoritaria en la interpretación de la ley y del Derecho, profundamente anclada en quienes tienen que aplicar esa ley y derecho, desde la política y la Administración hasta los tribunales.

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