Joseba Azkarraga e Iñaki Lasagabaster
Exconsejero de Justicia del Gobierno Vasco y catedrático de Derecho Administrativo de la UPV-EHU

Y tras el 12 de enero, ¿qué?

La conculcación de los derechos de las personas por los poderes públicos, por mero cálculo electoral, significa avanzar por el camino del populismo. La negación de los derechos fundamentales de cualquier colectivo, así el de las personas en prisión, es la antesala del autoritarismo.

Tras la impresionante manifestación del sábado en Bilbo y Baiona, para reivindicar el respeto de los derechos de los presos y presas vascas, queremos realizar una pequeña consideración sobre la política penitenciaria que el Gobierno del Estado está poniendo en práctica en la actualidad. Hace unos días ya nos manifestábamos al entender que el Gobierno español no estaba respetando los derechos fundamentales de las personas internas en prisión al considerar que las sentencias que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos dicta, y en las que el Estado español no sea parte, no le vinculan. Al atender otros aspectos de la política penitenciaria hemos constatado que se sigue sin respetar el principio de legalidad y los derechos de las personas internas en prisión. Y esta falta de respeto de la legalidad y de los derechos fundamentales se manifiesta en actuaciones de los poderes públicos claramente violadoras de los derechos de esas personas internas en prisión.

Uno. Atendiendo a las informaciones recientes, queremos analizar en primer lugar la situación jurídica de las personas enfermas internas en prisión. Entre los hechos que nos han llamado la atención está la derogación de la Instrucción 3/2017, que regulaba de forma ilegal el tratamiento de los presos gravemente enfermos. O el rechazo en el Congreso de los Diputados de la propuesta del PNV de modificación de la Ley Orgánica que regulaba la acumulación de condenas. O la afirmación del delegado del Gobierno diciendo que la política penitenciaria debe ir de la mano de lo que señalan las asociaciones de víctimas. O la burda manipulación que una parte de la prensa hace constantemente en materia penitenciaria, en relación con los presos enfermos, afirmando la eliminación del requisito de que 1) la esperanza de vida de las personas internas en prisión sea muy corta o 2) estén en riesgo de muerte inminente, para poder ponerlos en libertad condicional.

Nuevamente tenemos que recordar que esas exigencias no están establecidas en el ordenamiento jurídico. Más concretamente en el Código Penal.

En todos estos hechos, a pesar de la diferencia que hay entre ellos, se manifiesta una política penitenciaria que es no solo inhumana, también ilegal, por no respetar el principio de legalidad ni los derechos fundamentales. Parece que hay que recordar que el Código Penal establece que «si el peligro para la vida del interno, a causa de su enfermedad o de su avanzada edad fuera patente (…)», en ese caso es cuando la persona interna en prisión debe ser puesta en libertad. Esa es la exclusiva exigencia que establece el Código Penal y que los profesionales de la medicina, en su concreta aplicación a las personas afectadas, deberán señalar si es que, de acuerdo con el conocimiento médico, se está o no en una situación de peligro patente para la vida del enfermo. El Gobierno parece olvidar lo que dice el Código Penal.

Dos. Si atendemos a la acumulación de condenas, nos encontramos con que el incumplimiento del derecho europeo no puede ser contestado por las personas internas en prisión, a quienes no se les aplica. En otros términos, ante una aplicación indebida de la acumulación de condenas, cuyo efecto es que no se aplica a los presos y presas vascas, los tribunales internos están impidiendo la posibilidad de acudir al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Luxemburgo) para que este determine si se está produciendo o no esa conculcación del derecho europeo.

Ante esta imposibilidad de acudir al Tribunal de Justicia se intenta modificar la ley, modificación que es rechazada, entre otros por el Grupo socialista, al entender que el costo político de esa reforma es inasumible. No otra es la explicación posible a la luz de la justificación que su portavoz parlamentario realizó. Algunos magistrados tienen dudas sobre la conformidad con el derecho europeo de la legislación española, pero el partido socialista no.

Tres. Avanzando más en el argumentario se comprueba, como pusimos de manifiesto hace unos días en la prensa, que el Gobierno español quiere quitar importancia a los tratados internacionales firmados por el Estado español en materia de derechos humanos. Es más, ha llegado a decir, en respuesta parlamentaria al senador Iñarritu, que las sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (Estrasburgo), en los procedimientos en que el Estado español no haya sido parte, no le vinculan. Se olvida el Gobierno de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional español y se alinea en sus concepciones jurídicas con la derecha más montaraz en la materia, representada en su día por el ministro del PP, Jorge Fernández Díaz.

Cuatro. Todos estos datos ponen de manifiesto la escasa voluntad política del Gobierno en modificar la política penitenciaria, ajustándola a los mandatos de la ley y al respeto de los derechos fundamentales. Las manifestaciones del día doce, en Bilbao y Baiona, han servido precisamente para reivindicar el cumplimiento de la ley y el respeto de los derechos fundamentales de los presos y presas vascos.

Es ilegal seguir manteniendo a los presos y presas enfermos graves en la cárcel porque tal medida no la permite la ley y va en contra de su derecho a la vida.

Es ilegal la no acumulación de condenas porque el propio Tribunal Supremo ya lo había aceptado, siendo el legislador quien, en contra de esa jurisprudencia, afirma que no puede darse la acumulación. La respuesta definitiva debería darla el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Luxemburgo), pero los tribunales impiden que se pueda llegar a él. Esta situación lleva al absurdo de que las sentencias de los tribunales tailandeses puedan acumularse, reduciendo el tiempo de cárcel pasado en Tailandia, pero sin embargo no puede deducirse el tiempo de cárcel cumplido en Francia o Bélgica.

Finalmente decir que se encarcela a los presos y presas vascas a mil kilómetros de distancia cuando las prisiones sitas en Euskal Herria disponen de plazas sin ocupar. Y ello a pesar de que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos haya reconocido como derecho fundamental cumplir condena lo más cerca posible del domicilio habitual.

Da la impresión de que hay partidos e instituciones que no están por la labor de respetar el principio de legalidad y los derechos de las personas porque tal política tendría un costo electoral. Ante esta situación solamente cabe recordar que la conculcación de los derechos de las personas por los poderes públicos, por mero cálculo electoral, significa avanzar por el camino del populismo. La negación de los derechos fundamentales de cualquier colectivo, así el de las personas en prisión, es la antesala del autoritarismo.

Las imágenes del día 12 en Bilbo y Baiona, deberían de llevar a la reflexión de los Gobiernos de Paris y sobre todo de Madrid. No tenemos nada en contra de que ese Gobierno escuche lo que dicen los partidos de la derecha, pero si pedimos, que vea las imágenes de este sábado día 12 y piense si no existe también una sociedad democrática que exige soluciones, porque quiere una paz duradera y justa.

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