Jesús Mª Aragón Samanes, Secretario general del Partido Carlista-EKA de Navarra

Desviar la atención

Con motivo del 45 aniversario de la primera sesión del Parlamento Vasco en la Casa de Juntas de Gernika, el 31 de marzo de 1980, varios de aquellos parlamentarios en la primera legislatura, de Herri Batasuna, han publicado un escrito, aparecido el 31 de marzo pasado en GARA en el que muestran su insatisfacción por la actual división administrativa y territorial de Euskal Herria, y la achacan «a las presiones del navarrismo-requeté», pero no es así.

El término «Requeté» va asociado al término «Carlismo», y si se acompaña del término «navarrismo», la identificación con el Partido Carlista de Navarra se hace inevitable. Pero la realidad es que el Partido Carlista de Navarra forma parte de EKA: Euskal Herriko Karlista Alderdia. Y es que este tipo de organización y de funcionamiento nos parece adecuado a nuestra Historia e ideología, y a la forma de relacionarnos democráticamente entre las organizaciones e instituciones de los diferentes Herrialdes de Euskal Herria, respetuoso con las peculiaridades y autonomía de cada uno de los Herrialdes; se llama Federalismo. Y porque lo consideramos «bueno» para nosotros, creemos que también puede serlo para otras organizaciones sociales, económicas, y territoriales.

Estigmatizando al Requeté y al Carlismo se contribuye a falsear la Historia, y a que aumente la desinformación, y la cultura política de los ciudadanos disminuya.

Sería más correcto que dichos parlamentarios buscasen en su terreno ideológico, en el nacionalismo vasco y sus prisas por gestionar el dinero de los impuestos a los habitantes y empresas de Euskal Herria, las causas de la actual división administrativa y territorial, en lugar de mirar para otro lado buscando la excusa de un inexistente Requeté, porque el que tenía autoridad para hacerlo, el Rey Don Javier, lo disolvió en la década de los sesenta del pasado siglo.


Podéis enviarnos vuestros artículos o cartas vía email a la dirección iritzia@gara.net en formato Word u otro formato editable. En el escrito deberán constar el nombre, dos apellidos y DNI de la persona firmante. Los artículos y cartas se publicarán con el nombre y los apellidos de la persona firmante. Si firma en nombre de un colectivo, constará bajo su nombre y apellidos. NAIZ no se hace cargo de las opiniones publicadas en la sección de opinión.

Buscar