¿La soberania reside en el pueblo?
Artículo 2 de la C. E.: «La soberanía nacional reside en el pueblo español...». Quiere decir que el Ejecutivo y el Judicial están a lo que les ordene el pueblo a través del Legislativo. Sin embargo, la nueva presidenta del CGP, Perelló, ha declarado que «ningún poder del estado puede dar instrucciones a los jueces sobre cómo interpretar y aplicar el Ordenamiento Jurídico...». Y lo afirma en tono imperativo. Parece que existe una contradicción, pues el Legislativo lo componen los diputados del pueblo en el que reside la soberanía, por tanto, la señora Perelló deberá aceptar criterios de los representantes, dado que es el único poder elegido directamente por el pueblo, pues el ejecutivo lo forman los ganadores y el judicial es seleccionado por los otros poderes, cuyas decisiones controlan los representantes del pueblo, como señala el artículo 2. No es una cuestión de semántica como algunos jueces han teorizado, aunque en la realidad los jueces sí ejercen su poder sobre el ejecutivo al que controlan sus decisiones políticas a través de leyes cuya iniciativa corresponde al ejecutivo, pero que puede impugnar el judicial. Además, existe otro conflicto permanente, pues la legislación de la UE prevalece sobre la legislación nacional y rechazan sentencias de sus tribunales. Los hechos son tozudos, pues el TEDH ordena la apertura de causas por recursos de presos políticos que denunciaron haber confesado bajo tortura y los jueces no las han atendido, por lo que el Estado español es sancionado reiteradamente. Son conocidos los casos de «jueces estrella» de la Audiencia Nacional como Garzón, Marlaska, Y Marchena, Llarena del procés o versos sueltos como Peinado o García Castellón, entre otros. En la UE es de dominio público que el principal reproche a la democracia en España radica en la intromisión del CGPJ en el ejecutivo. Y eso, después de estar cinco años de vacaciones.
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