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Madrid

El TC avala la ‘doctrina Parot’ al rechazar 25 de 28 recursos

Tras muchos meses de debate interno, el Constitucional español anticipa una decisión que da por buena la continuidad en la aplicación de esta fórmula de cadena perpetua. Tras el dictamen, solo serán excarcelados Jose Ignacio Gaztañaga, Juan Mari Igarataundi y Jose Mari Pérez, ‘Txuri’.

El Tribunal Constitucional (TC) español ha acordado mantener la aplicación de la doctrina 197/2006 a 29 de los 32 presos que habían presentado recurso en contra de esta medida y solo ha aceptado las peticiones de nulidad de tres de ellos. De los recursos que se han estudiado, 28 correspondían a presos políticos vascos.

Los recursos estimados, por unanimidad de los once magistrados que componen el Tribunal, han sido los de José Ignacio Gaztañaga -que fue uno de los primeros presos a los que se aplicó la doctrina que ampara la condena perpetua de manera encubierta, hace ya seis años-, Juan Mari Igarataundi y José Mari Pérez, según han informado fuentes del tribunal español.

Los abogados de los presos vascos no han recibido hoy ninguna notificación. El Constitucional se ha limitado a dar a conocer su decisión a través de una escueta nota de prensa.

Según el listado publicado por ‘El País’, los jueces han rechazado las alegaciones de Joseba Koldobika Artola, Juan Francisco Gómez, Jesús Bollada, Luis Mari Azkargorta, Ángel Luis Hermosa, José Javier Zabaleta, Txomin Troitiño, Fernando Astarloa, Pello Etxebarria, Antonio Alza, Juan Manuel Piriz, Inmaculada Noble, José Félix Zabarte, Jokin Urain, Gorka González, María José Uzkudun, Juan José Legorburu y María Lourdes Txurruka.

Durante las sesiones, el máximo tribunal español ha rechazado tramitar los recursos de Isidro Garalde, Mikel Turriente e Itziar Martínez.

El TC también desestima los recursos de Jon Agirre, José Ramón Martínez y Kandido Zubikarai, si bien no tiene efectos prácticos porque los tres se encuentan en libertad al haber cumplido ya su condena íntegra. Finalmente, queda como «pendiente» la decisión sobre Pedro María Rezabal.

Desde el pasado lunes, el Constitucional venía estudiando los 32 recursos de los 62 que fueron admitidos a trámite contra la aplicación de esta doctrina, instaurada por el Supremo en 2006, por lo que el cómputo de las redenciones que se aplican a un preso se realiza sobre el total de las condenas y no sobre el límite máximo de cumplimiento de 30 años, tal y como se hacía previamente, lo que amplía su estancia en prisión e instaura la cadena perpetua de manera encubierta. En total, son 77 los presos vascos afectados hasta ahora.

En las sentencias en las que se han desestimado los recursos existentes existen varios votos discrepantes. En algunos de los casos recurridos existía previamente una liquidación firme de condena, y estos son los que se habrían aceptado, al presentar más problemas de constitucionalidad. Se trata de presos respecto de los cuales se fijó en firme una fecha para su salida de prisión antes de aplicarles la doctrina especial.

José Ignacio Gaztañaga fue condenado en 1997 a 153 años de prisión. Debería haber salido de la cárcel en 2006, pero le aplicaron la doctrina tan solo cinco días antes de la fecha inicial de su liberación, fijada para el 29 de marzo. De no haber sido aceptado su recurso, tendría que haber permanecido en prisión hasta marzo de 2018.

Jose Mari Pérez fue condenado en 1989 a 197 años de cárcel. En enero sufrió un infarto de miocardio en la cárcel de Burgos. En su localidad, Zarautz, se han sucedido las movilizaciones para exigir su libertad, ya que une la condición preso enfermo y, además, se le aplicó la doctrina 197/2006. Juan Mari Igarataundi fue detenido en 1987 y debería haber sido puesto en libertad en abril de 2009. Sin embargo, el nuevo criterio lo retrasó hasta junio de 2017.

La intención de una mayoría de los jueces del alto tribunal era, desde un principio, afrontar este asunto con el máximo consenso posible y caso por caso, sin necesidad de establecer una resolución general, si bien otro grupo de magistrados sí eran proclives a establecer unas pautas. La Audiencia Nacional ha aplicado la denominada «doctrina Parot» en un total de 87 casos entre 2006 y 2011.

El Tribunal Constitucional no veía este asunto en Pleno desde el pasado 20 de julio, cuando incluyó en su orden del día 16 recursos sobre esta doctrina, entre ellos el de Gaztañaga. Dicho pleno terminó sin que se alcanzara ninguna conclusión. En los últimos años, el Constitucional ha rechazado, «por cuestiones de forma», decenas de reclamaciones, entre ellas las de Unai Parot y José Antonio López Ruiz.