Santiago Pedraz ha decidido archivar la causa contra ocho de los convocantes de la protesta «Rodea el Congreso» tras tomarles declaración durante algo menos de una hora. No les ha impuesto ningún tipo de medida cautelar.
En su auto, el juez sostiene que del análisis del acta del diario de sesiones del pleno del Congreso celebrado el 25 de setiembre «no consta alteración alguna del normal funcionamiento» del mismo.
De esta forma, insiste en que la «larga sesión» se desarrolló «normalmente» y que por ello los acusados no cometieron un delito tipificado en el artículo 494 del Código Penal, que castiga «a los que promuevan, dirijan o presidan manifestaciones u otra clase de reuniones ante las sedes del Congreso de los Diputados, cuando estén reunidos, alterando su normal funcionamiento».
Un extremo que ha sido negado también por los detenidos, que le han manifestado que «en modo alguno pretendían invadir, penetrar, acceder o alterar el normal funcionamiento del Congreso, insistiéndose en el carácter pacífico de las concentraciones, movilizaciones o manifestaciones convocadas».
Pedraz afirma que esa afirmación la corroboran también las declaraciones de un parlamentario recogidas en el acta de sesiones en las que afirmaba que «el Congreso de los Diputados ha podido mantener su actividad hasta el momento con absoluta normalidad» y que, aunque en el Paseo del Prado se habían «producido algunas detenciones» y «alborotos», los diputados accedieron a la Cámara «sin ningún problema».
Para el magistrado, es «obvio» que tampoco invadieron «con fuerza, violencia o intimidación las sedes del Congreso», delito recogido en el artículo 493, porque en la convocatoria de la manifestación «no se dice nada al efecto ni algo parecido, teniendo en cuenta que invadir consiste en entrar violentamente en un lugar».
El auto recuerda, además, que exigir un proceso de destitución y ruptura del régimen vigente mediante la dimisión del Gobierno en pleno en modo alguno puede ser un delito no solo porque «no existe» sino porque en caso de sí existiera, «atentaría claramente al derecho fundamental de la libertad de expresión».
Insiste en que ese derecho fundamental está amparado por la Constitución y que no se puede prohibir la expresión de opiniones subjetivas «máxime ante la convenida decadencia de la denominada clase política». Recuerda, además, que «la propia Delegada del Gobierno, Cristina Cifuentes, tomó conocimiento y no prohibió lo que pretendía la convocatoria».
Que pidan perdón
Tras prestar declaración, uno de los acusados ha manifestado que «no cabía otra» opción que el archivo porque la causa «no se sostenía jurídicamente» y ha exigido al ministro de Interior, Jorge Fernández Díaz, y a la delegada del Gobierno en Madrid, Cristina Cifuentes, que si tienen «algo de dignidad, lo mínimo que deberían hacer es pedirnos perdón por sus acusaciones infundadas».