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DONOSTIA

Otegi pide anular la resolución de la Junta de Gipuzkoa y que se declare su derecho a ser candidato

La defensa de Arnaldo Otegi ha presentado un recurso contencioso-administrativo contra el acuerdo de la Junta Electoral de Gipuzkoa que vetó su candidatura, en el que solicita que se anule la resolución del órgano electoral y se declare su derecho a concurrir como candidato de EH Bildu.

Arnaldo Otegi, durante la presentación de su propuesta para un país compartido. (Gorka RUBIO/ARGAZKI PRESS)
Arnaldo Otegi, durante la presentación de su propuesta para un país compartido. (Gorka RUBIO/ARGAZKI PRESS)

Arnaldo Otegi alega en su recurso la vulneración del principio de legalidad en la ejecución de las penas y el derecho a la participación política en su vertiente de ejercicio del derecho de sufragio pasivo, según ha informado EH Bildu en una nota.

El abogado Iñigo Iruin alega que la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de derecho de sufragio pasivo impuesta por la Audiencia Nacional es una pena accesoria y no principal y, como tal, «su duración es la misma que la pena de prisión» y, por tanto, se extinguió el 1 de marzo de 2016.

A su entender, admitir la causa de inelegibilidad de Otegi por razón de esa pena de inhabilitación especial supone que «la Junta Electoral ha modificado la naturaleza accesoria de la pena y la ha convertido en pena principal».

En su escrito recuerda que el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional, en su jurisprudencia, mantienen que «la pena accesoria debe tener el mismo régimen y ha de seguir la misma suerte que la pena principal», por lo que, a su juicio, la inhabilitación para el ejercicio de derecho de sufragio pasivo quedó extinguida con la condena de prisión que agotó el pasado 1 de marzo.

Por ello, considera que «no cabe la posibilidad de interpretar extensiva y restrictivamente la formulación legal de las causas de inelegibilidad», algo que cree que ha hecho la Junta Electoral con su acuerdo de 29 de agosto.

La defensa del aspirante de EH Bildu considera que el acuerdo de la Junta Electoral «restringe indebidamente» el libre ejercicio del derecho de participación política de Arnaldo Otegi «en su vertiente de ejercicio del derecho de sufragio pasivo».