En sendas sentencias fechadas el 20 de febrero de 2013, el alto tribunal estima así los recursos presentados por la Diputación de Bizkaia, por una parte, y por el Ayuntamiento de Sukarrieta, por otra. En el caso del Consistorio vizcaino, este también demandaba a Kutxabank, propietaria del inmueble y que «no se consideraba perjudicada por la calificación».
El TSJPV anula la orden del Ejecutivo de Lakua, entonces en manos del PSE, declara la caducidad del procedimiento y su archivo. Contra la misma cabe recurso de casación ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Supremo en el plazo de diez días.
En su recurso, la Diputación de Bizkaia invocaba la caducidad del procedimiento, –motivo por que el TSJPV ha admitido su demanda–, y alegaba que el Gobierno de Patxi López utilizó el procedimiento de inscripción del bien, con el fin de «obstaculizar» el proyecto de ampliación en discontinuidad del Museo Guggenheim Bilbao, en Urdaibai, siendo las colonias de Sukarrieta el área donde se pensaba desarrollar. En este sentido, apuntaba que era «la divergencia política y no el interés en la protección cultural» lo que causó la disposición recurrida.

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