Aritz INTXUSTA

La AN ordena el ingreso en prisión de un tafallés condenado a solo un año

La sala presidida por la juez Concepción Espejil ha dictado orden de detención contra Fernando Sota para su ingreso en prisión, pese a que solo ha sido condenado a un año de cárcel por «enaltecimiento». La juez se niega a la suspensión de la pena o su sustitución por multa.

La Audiencia Nacional ha decidido hacer una excepción con Fernando Sota al ordenar su ingreso en prisión, pese a haber recibido una condena de 12 meses y, por tanto, menor a los dos años de cárcel. El tribunal ha dictado orden de detención contra este tafallés para meterlo en prisión por haber colocado unos banderines con las imágenes de dos presos del pueblo, Inés del Río y Iosu Bravo que no tenían texto. En el momento en el que se colocaron las fotografías Del Río y Bravo estaban encarcelados injustamente ya que se les estaba aplicadando la doctrina 197/2006 de forma ilegal.

Tras confirmarse la condena en el Supremo, la decisión sobre si la condena se dejaba en suspenso o se conmutaba por una multa, recayó en la misma sala que condenó a Sota, que es la presidida por la juez Concepción Espejil. Esta sala, arropada por el fiscal, optó por denegar ambas opciones (suspensión o conversión a multa) pese a que el tafallés carecía de antecedentes penales computables.

Además de todo ello, la Sala ha sorprendido ordenando directamente a la Guardia Civil que practique su detención, en lugar de abrir un plazo de entrega voluntaria que permita a Sota despedirse y hacer las gestiones necesarias antes de ingresar en la cárcel. La Sala tampoco ha esperado a que la defensa presente un recurso de súplica, que previsiblemente realizará.

La abogada de Sota, Jaione Karrera, no tiene constancia de que haya precedentes en Audiencia Nacional de un condenado a menos de dos años a quien no se conmuta ni le suspende la pena sin tener antecedentes. Asegura que ordenar el ingreso en prisión es contrario a toda idea de reinserción social y, además, critica la indefensión en la que se encuentran. La abogada argumenta que, si solicitan amparo al Constitucional, es tan poco el tiempo al que ha sido condenado que, para cuando reciban una respuesta, la condena pudiera estar ya cumplida.

La defensa solicitará que se anule la orden de detención y se les den, al menos, unos días para que «pueda organizarse mínimamente la vida».