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DONOSTIA

Condenan a dos años de cárcel a un empresario por el accidente de un trabajador

Un empresario autónomo de la construcción ha sido condenado a penas que suman dos años de cárcel como responsable del accidente sufrido por uno de sus trabajadores, al que no había dado de alta en la Seguridad Social y que resultó gravemente herido tras quedar atrapado bajo una carretilla.

Un empresario autónomo de la construcción ha sido condenado a penas que suman dos años de cárcel como responsable del accidente sufrido por uno de sus trabajadores, al que no había dado de alta en la Seguridad Social y que resultó gravemente herido tras quedar atrapado bajo una carretilla.

La sentencia del caso, difundida por Efe, explica que tras el accidente sufrido por el trabajador, el empresario intentó «ocultar» su vinculación laboral con el herido dándole de alta de forma fraudulenta en el régimen de autónomos de la Seguridad Social, así como en el Impuesto de Actividades Económicas, sin el conocimiento del trabajador.

Según la resolución judicial, los hechos se remontan a junio de 2003, cuando el procesado contrató «de manera puramente verbal» al trabajador, quien por entonces tenía 24 años, para realizar labores de peón de albañil en las obras de acondicionamiento y acabado de unas instalaciones ubicadas en el polígono industrial de Masti Loidi de Errenteria.

El joven comenzó a trabajar sin que el empresario «adoptara ningún tipo de medida de seguridad para garantizar» que este desempeñara su labor «con las indispensables medidas de seguridad».

De esta manera, «no le informó de los riesgos de su puesto de trabajo y tampoco le proporcionó equipos de protección individual», circunstancias que se unieron a la inexistencia de «un plan de prevención de riesgos laborales», la carencia de «instrucciones precisas sobre el método de trabajo a realizar» y la ausencia de «un libro de órdenes e incidencias».

En este contexto, el 1 de julio de 2003, el procesado ordenó al trabajador «que cogiera una carretilla elevadora y la subiera a la segunda planta» de un edificio para «cargar una hormigonera y transportarla al exterior».

La sentencia concreta que «durante este proceso de transporte, la carretilla volcó al descender por una rampa, cayendo encima del trabajador».

A consecuencia del accidente, el joven sufrió múltiples lesiones como un traumatismo cráneofacial, además de fractura con hundimiento frontoparietal izquierda, entre otras heridas de las que tuvo que ser intervenido quirúrgicamente y de las que tardó 409 días en recuperarse, 304 de los cuales estuvo impedido para sus ocupaciones habituales y 105 hospitalizado.

El siniestro dejó al trabajador numerosas secuelas por las que le ha sido reconocida una incapacidad permanente total.

La sentencia indica que el trabajador no había sido autorizado por la empresa propietaria de la carretilla para utilizarla, además de no poseer la formación necesaria para conducirla ni haber sido informado sobre los riesgos de su uso.

El joven no portaba equipo de protección alguno y la rampa por la que descendió no disponía de protecciones para evitar el riesgo de caídas.

Tras el accidente, el acusado intentó «ocultar su vinculación laboral» con el accidentado y le dio de alta en el régimen de autónomos de la Seguridad y en el Impuesto de Actividades Económicas, «simulando su firma en un impreso oficial».

La sentencia considera ahora al empresario responsable de un delito contra los derechos de los trabajadores en relación de concurso de normas con un delito de lesiones imprudentes y de un delito de falsedad en documento oficial, todos ellos con la atenuante de dilaciones indebidas, por lo que le impone dos años de cárcel y una multa de 480 euros.

Asimismo, obliga al acusado a compensar con 110.848 euros al trabajador accidentado más los intereses legales.