Beñat Zaldua

Radiografía del pleno más importante del Parlament

El Parlament aprobará hoy la Ley del Referéndum, tras lo cual el Govern firmará el decreto del 1-O. Los catalanes serán oficialmente llamados a las urnas, mientras que el Estado deberá decidir cómo actuar.

Nada era oficial a la hora del cierre de este artículo y podría llegar a darse el caso de que los hechos de hoy no sean los aquí descritos. Nos va a tocar aprender a vivir con la incógnita en el cuerpo durante el próximo mes. Baste explicar que ayer, al filo de las 19.00 y sin que así constase en ninguna agenda informativa, JxSí y la CUP pidieron convocar un pleno extraordinario para el viernes –la aprobación de la Ley de Transitoriedad Jurídica podría ser la explicación– y que el president, Carles Puigdemont, y el vicepresident, Oriol Junqueras, comparecieron de urgencia para denunciar la citación recibida ayer por Artur Mas y los impulsores del 9N, a los que el Tribunal de Cuentas reclama 5,12 millones de euros. Pero salvo sorpresa mayúscula, el pleno del Parlament aprobará mañana la Ley del Referéndum, tras lo cual el Govern firmará el decreto de convocatoria del plebiscito del 1-O.

Así dicho parece fácil, pero lo cierto es que, tanto en Barcelona como en Madrid, el desarrollo de la jornada de hoy ha sido diseccionado minuto a minuto, por no decir segundo a segundo. Dando por hecho que la realidad se encargará de enmendar algunos puntos, a continuación va un resumen de lo que puede dar de sí el intenso día.

La Ley del Referéndum –igual que la de Transitoriedad Jurídica– no ha sido todavía admitida a trámite por la Mesa del Parlament, por lo que ni siquiera consta en el orden del día del pleno que arranca hoy a las 10.00. Pero se da por hecho que JxSí y la CUP –suman una mayoría absoluta de 72 diputados de un total de 135– invocarán en un momento dado el artículo 81.3 de la Cámara para alterar el orden del día, que prevé que se puedan presentar propuestas de urgencia sin que se cumplan los pasos ordinarios si la mayoría del Parlament así lo vota.

Tras la alteración del orden del día podría llegar el primer apercibimiento del Tribunal Constitucional, que estará reunido en pleno de forma paralela. Puede ser un simple requerimiento de reconsideración o un incidente de ejecución de la sentencia en contra de la Declaración del Parlament del 9 de noviembre de 2015, ilegalizada por el Constitucional.

Sea como fuere, no parece que un aviso vaya a parar al Parlament, que a continuación abrirá un periodo mínimo de enmiendas cuya prolongación en el tiempo no se conocerá hasta mañana. De hecho, puede que el periodo coincida con el propio debate de la Ley, en el que está por ver qué papel asumirán los partidos unionistas.

Parece claro que, como avanzó el líder del PSC, Miquel Iceta, abandonarán el hemiciclo, pero no está claro que renuncien a la palabra durante el debate parlamentario, en el que es lógico pensar que no desaprovecharán la cuota de pantalla que el micrófono de la Cámara les ofrece. La ausencia de los 52 diputados de Ciutadans, PSC y PP empañará la imagen de la votación, si bien no deja de ser la pataleta de quien carece de los votos suficientes para impedir aquello que no desea.

En cualquier caso, la mayoría de JxSí y la CUP aprobará la Ley, con la incógnita de ver qué acaba haciendo Catalunya Sí que Es Pot (CSQP). Sus tres formaciones seguían negociando al cierre de esta edición. A falta de conocer la decisión final, cinco diputados de ICV se decantan por votar que no, mientras que Joan Josep Nuet (EUiA) apostaría por la abstención, igual que los cinco diputados de Podem.

Una vez aprobada la Ley arrancan dos carreras paralelas. Una es la del Govern, que tan pronto como la norma se publique en una edición digital del Boletín Oficial del Parlament reunirá a todos sus miembros para firmar el decreto de convocatoria. El objetivo del Ejecutivo es firmar el decreto que convocará a los catalanes a las urnas con la Ley sin impugnar; es decir, con el artículo que establece que la norma «prevalece jerárquicamente sobre todas aquellas normas con las que pueda entrar en conflicto» vigente.

Es precisamente lo que tratará de impedir el Gobierno español, que tiene a punto un Consejo de Ministros extraordinario para llevar la Ley al TC en tiempo récord. Los magistrados tendrán entonces varias vías para actuar, además de la consabida suspensión cautelar.

Gracias a la reforma del propio TC a manos del PP, el tribunal puede multar con una sanción de 3.000 a 30.000 euros a quien ha desobedecido a sus requerimientos o puede decidir suspender de sus cargos al sospechoso –no es una inhabilitación, sino una suspensión cautelar–. También puede requerir la colaboración del Gobierno español para que «adopte las medidas necesarias para asegurar el cumplimiento de las resoluciones».

Si a partir de hoy el Estado se atreverá a reprimir de forma directa a cargos públicos es todavía una incógnita. Lo único cierto es que, para entonces, la sociedad catalana habrá sido convocada ya para el referéndum sobre la independencia.