NAIZ
MADRID

El Tribunal Constitucional suspende la declaración de independencia de Catalunya

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha suspendido de forma cautelar las resoluciones por las que el Parlamento declaró el pasado viernes la independencia y ha advertido a la presidenta, Carme Forcadell, a los miembros de la Mesa y a los actuales diputados en la Diputación Permanente de esta Cámara de su deber de impedir su aplicación.

El Parlament de Catalunya, tras declararse la independencia. (Lluis GENE / AFP)
El Parlament de Catalunya, tras declararse la independencia. (Lluis GENE / AFP)

El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el incidente de ejecución presentado ayer por el Gobierno español, en el que pedía que se anularan las resoluciones del Parlament en las que se declaraba la independencia de Catalunya y el incio del proceso constituyente.

«Los efectos de esta suspensión tienen carácter absoluto desde el momento de la adopción de las resoluciones impugnadas», señala la providencia dada a conocer hoy.

El TC advierte mediante una notificación personal a la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, a los miembros de la Mesa y a los diputados en la Mesa de la Diputación Permanente de esta Cámara de su «deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión acordada» y se les apercibe de las «eventuales responsabilidades, incluida la penal, en las que pudieran incurrir».

En concreto, les avisa de que deberán abstenerse «de iniciar, tramitar, informar o dictar, en el ámbito de sus respectivas competencias, acuerdo o actuación que permita otorgar valor jurídico alguno a la declaración de independencia y, en especial, a las previsiones contenidas en la suspendida Ley 20/2017 en orden a la aplicación de un régimen jurídico transitorio».

En la resolución, el TC da traslado al Ministerio Fiscal y a la Diputación Permanente del Parlament de las peticiones formuladas por la Abogacía del Estado y les concede un plazo de 24 horas para que formulen las alegaciones que estimen oportunas. Además, ordena publicar la providencia en el Boletín Oficial del Estado y en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.