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BARCELONA

¿Y después del 21D? Un calendario en manos de Rajoy

La sesión constitutiva del Parlament se celebrará, como tarde, el 23 de enero, lo que llevaría la primera sesión de investidura a principios de febrero. Los dirigentes encarcelados y exiliados podrán tomar acta de diputado desde la distancia, pero para ser investido president, el candidato debe presentarse en el hemiciclo.

Desde primera hora se han registrado colas en algunos colegios. (Lluis GENÉ/AFP)
Desde primera hora se han registrado colas en algunos colegios. (Lluis GENÉ/AFP)

Sean los que sean los resultados de hoy, en cuanto cierre el último colegio electoral se pondrá en marcha un nuevo cronómetro cuyos tiempos, al menos al inicio, estarán en manos del presidente del Gobierno español, Mariano Rajoy, que podrá decidir el día en el que se constituya el Parlament. En unas circunstancias normales, sobra decirlo, sería el president de la Generalitat en funciones quien lo haría.

Según la Ley, pueden pasar un máximo de 20 días hábiles antes de que el nuevo Parlament se constituya y elija a una nueva Mesa. La situación de Carles Puigdemont, Oriol Junqueras y el resto de líderes encarcelados o en el exilio no afectará en este trámite, dado que no tienen sus derechos políticos suspendidos y pueden tomar el acta de diputado desde la distancia, a través de un representante legal. Como tarde, esto ocurrirá el 23 de enero.

A partir de entonces empieza a correr el cronómetro. Diez días después se celebrará la primera sesión de investidura, a la que todo aquel que quiera aspirar se debe presentar en persona. Es decir, Puigdemont debería volver de Bruselas –aún a riesgo, evidente, de ser detenido–, mientras que Junqueras (o el Parlament), deberían pedir el permiso correspondiente para salir de la cárcel. Forzando el calendario al máximo, esta primera sesión se celebrará el 6 de febrero.

Si el president no es elegido por mayoría absoluta en la primera votación, podrá serlo a la segunda por mayoría simple. Pero si ni así se consiguiese investir a nadie, empezaría otra cuenta atrás de dos meses durante los cuales podrían celebrarse todos los plenos de investidura que fuesen necesarios.

Es el calendario que llevó al borde de la repetición electoral a Catalunya tras el 27S. Porque según la ley, si en dos meses no se consigue investir un president, la legislatura quedaría disuelta de forma automática hasta la celebración de unas elecciones que tendrían lugar a finales de mayo o principios de junio. Si así ocurriese, el calendario seguiría en manos de Rajoy y la aplicación del 155 se alargaría, como mínimo, hasta finales de junio. Ocho meses de suspensión de la autonomía.