NAIZ

El Tribunal Supremo ratifica los 20 minutos para el aseo de la plantilla en residencias

El Tribunal Supremo ha avalado que las trabajadoras de las residencias de mayores deben disponer de 20 minutos para su higiene personal con el fin de evitar riesgos biológicos. La sentencia de origen proviene del conflicto colectivo planteado por CCOO en la residencia Gazteluondo de Bilbo.

El Tribunal Supremo ha avalado que las trabajadoras de las residencias de mayores deben disponer de 20 minutos para su higiene personal con el fin de evitar riesgos biológicos, según ha informado CCOO en una nota.

La sentencia de origen proviene del conflicto colectivo planteado por CCOO en la residencia Gazteluondo de Bilbo. En ella se reconocía al personal expuesto a riesgos biológicos el derecho a disponer de 20 minutos dentro de su jornada para el aseo personal como medida de higiene.

Como recoge el auto, las trabajadoras de las residencias pueden verse expuestas a «heces, orina, saliva, sangre u otros fluidos corporales de los residentes en el desempeño diario de su trabajo», lo que requiere medidas específicas de prevención de riesgos.

Estos 20 minutos suponen alrededor de 78 horas anuales dedicadas a la prevención de riesgos laborales, cuyo coste no puede recaer sobre las trabajadoras. Además, se reconoce también el derecho a que se haga en el propio centro de trabajo la limpieza de los uniformes y a tener dos taquillas independientes para separar la ropa de trabajo y la de calle.

A juicio del sindicato, aunque la decisión judicial afecta a un centro, las medidas son extrapolables a cualquier otra residencia de la tercera edad que recoja los riesgos biológicos en su evaluación de riesgos.