La citada central sindical solicitó esas medidas de protección para los trabajadores de ambulancias y el TSJPV ha atendido su demanda de adopción de medidas cautelares.
De esta forma, el tribunal obliga a las empresas del sector de ambulancias a proporcionar a los conductores de ambulancias y técnicos sanitarios mascarillas, gafas, guantes, ropa de protección, EPIs y protectores oculares que se imponen en el protocolo de Ministerio español de Sanidad de 8 de abril de 2020.
También les ordena que realicen los test de detección que resulten científicamente procedentes que presenten síntomas y a fijar un sistema de uso, recogida, lavado, descontaminación y, en su caso, de destrucción de la ropa de trabajo expuesta a agentes biológicos derivados del Covid-19, «acudiendo a empresas homologadas y especializadas en la desinfección de agentes biológicos, debiendo proporcionar también las correspondientes bolsas de almacenaje».
LSB-USO ha destacado que, ante «la grave situación de las personas que en esta crisis sanitaria trabajan en ambulancias por la falta y escasez de medios de protección», el sindicato «tuvo que realizar una demanda por vía de urgencia en el TSJPV».