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El Gobierno español acuerda con patronal y sindicatos prorrogar los ERTEs hasta setiembre

El Ejecutivo español, la patronal CEOE y los sindicatos CCOO y UGT han logrado cerrar un acuerdo para prorrogar las condiciones de los ERTE relacionados con la covid-19 hasta el 30 de setiembre, según han informado todas las partes.

Polígono de Gojain, en Legutio. (Raul BOGAJO/FOKU).
Polígono de Gojain, en Legutio. (Raul BOGAJO/FOKU).

El Gobierno español, patronal y CCOO y UGT han llegado a un acuerdo para la prórroga hasta el 30 de setiembre de los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTEs) después de que el Ejecutivo de Pedro Sánchez presentase una nueva propuesta en la que destacan dos medidas: el mantenimiento de los ERTEs de fuerza mayor total para las empresas que aún no han vuelto a la actividad y la posibilidad de que las empresas que se vean obligadas a cerrar de nuevo por culpa de un rebrote del coronavirus pueden acogerse a estos procedimientos.

A los ERTEs de fuerza mayor total vigentes actualmente (aquellos que tienen a todos sus trabajadores suspendidos de empleo) se les aplicará una exención en las cotizaciones empresariales del 70% en julio, del 60% en agosto y del 35% en setiembre en el caso de empresas con menos de 50 trabajadores. Para las empresas con más de 50 empleados, la exoneración de cuotas será del 50% en julio, del 40% en agosto y del 25% en setiembre.

Estos porcentajes son menores que los establecidos hasta el 30 de junio, que eran del 100% para las empresas con menos de 50 trabajadores y del 75% para las de más de 50, pero a cambio esta figura no desaparece con la llegada del 30 de junio.

Posible rebrote de la covid-19

En el caso de empresas que actualmente están activas pero que se vean obligadas a cerrar como consecuencia de un rebrote del virus, se permitirá que puedan acogerse a un ERTE de fuerza mayor total, que contaría con una exoneración de cuotas para las empresas del 80% si su plantilla es inferior a 50 trabajadores y del 60% si tiene más de 50 trabajadores, según han explicado fuentes de la negociación.

Para los ERTEs de fuerza mayor parcial (aquellos en los que ya hay trabajadores reincorporados a su puesto, pero no todos) y los ERTEs por causas técnicas, organizativas, económicas y de producción (conocidos como ETOP), las exoneraciones a las empresas serían las mismas: para las empresas de menos de 50 trabajadores alcanzarían el 60% por los trabajadores que volvieran a la actividad y el 35% por los que siguieran en el ERTE, mientras que para las de más de 50 trabajadores serían del 40% por cada trabajador que se reincorporara a su puesto y del 25% por el que siguiera en el ERTE.

Los ERTEs de causas objetivas o ETOP pasarían así a tener exenciones de cuotas, antes solo aplicables a los ERTEs de fuerza mayor. El objetivo es facilitar la transición de los segundos a los primeros ahora que ya ha finalizado el estado de alarma. Así, las empresas y entidades afectadas por ERTEs de fuerza mayor deberán proceder a reincorporar a los trabajadores, primando los ajustes en términos de reducción de jornada.

Prestaciones por desempleo asociadas a los ERTEs

Las prestaciones por desempleo asociadas a los ERTEs (que se conceden sin necesidad de cumplir el periodo de carencia y que implican ‘contador a cero’) se mantendrán hasta el 30 de setiembre, salvo las de los fijos discontinuos, que se prolongarán hasta el 31 de diciembre.

El acuerdo, que se aprobará este viernes en un Consejo de Ministros extraordinario en forma de Real Decreto-ley, prohíbe a las empresas en ERTE la realización de horas extraordinarias, el establecimiento o la reanudación de externalizaciones de la actividad y la concertación de nuevos contratos, ya sean de mera directa o a través de una empresa de trabajo temporal (ETT).

Condiciones

Las empresas en ERTE solo podrán contratar o externalizar tareas si los trabajadores de su centro de trabajo no pueden por formación, capacitación y otras razones objetivas o justificadas, realizar las funciones encomendadas al empleado que se contrata o a la externalización. Para ello, la empresa deberá informar previamente a los representantes legales de los trabajadores.

Esta prohibición, que durará mientras esté vigente el ERTE, sería de aplicación tanto a los ERTEs de fuerza mayor como a los ERTEs por causas objetivas y sancionables en caso de incumplimiento.

La nueva regulación que se da hasta setiembre extiende a los ERTEs por causas objetivas la prohibición de acogerse a este procedimiento si la empresa tiene domicilio en un paraíso fiscal.

Tampoco podrá repartir los dividendos correspondientes al ejercicio fiscal en el que se aplique el ERTE, salvo si la empresa en cuestión abona previamente el importe de las exoneraciones disfrutadas (estas medidas se aplicaban anteriormente solo a los ERTEs de fuerza mayor). La limitación en el reparto de dividendos no será de aplicación a las empresas que, a 29 de febrero de este año, tuvieran menos de 50 trabajadores en plantilla.

«Apoyo unánime» de CEOE y Cepyme

Esta mañana, las juntas directivas de las patronales CEOE y Cepyme han dado «apoyo unánime a la propuesta» teniendo en cuenta que representa «importantes avances respecto a la propuesta inicial».

No obstante, han explicado que «siguen trabajando» para abordar en el mes de setiembre »cómo se afrontará el último trimestre del año», siempre con el deseo compartido por las partes de que para entonces se haya recuperado toda la actividad posible, han explicado desde la CEOE.

Valoración «muy positiva»

El secretario general de CCOO, Unai Sordo, ha hecho una valoración «muy positiva» del acuerdo, tanto por el papel que han jugado los ERTEs para evitar la destrucción de empleo en esta crisis como por el mensaje que se envía a la sociedad de la capacidad de los agentes sociales de ponerse de acuerdo.

En declaraciones remitidas a los medios, Sordo ha recordado que, junto a las garantías de protección de los trabajadores -sin periodo de carencia y sin consumir paro (contador a cero)- se introducen importantes novedades como facilitar el transito de los ERTEs por fuerza mayor o los de causas objetivas, los ETOP, o prever las condiciones en caso de rebrote.