El Eibar se limita a «condenar los hechos» tras hacerse pública la sentencia de Enrich y Luna

El club, en silencio durante todo el proceso, ha hecho público un comunicado en el que condena los hechos y adelanta que aplicará el régimen interno a Enrich, todavía jugador azulgrana.

A Enrich se le aplicará el régimen interno del Eibar. (Juan Carlos Ruiz/Foku)
A Enrich se le aplicará el régimen interno del Eibar. (Juan Carlos Ruiz/Foku)

Un comunicado de cuatro líneas diez horas después de que se haya hecho pública la sentencia. Esa ha sido la única reacción del Eibar, que ha mantenido silencio oficial durante todo el proceso, una vez conocido que Sergi Enrich y Antonio Luna han sido condenados a dos años de cárcel por la grabación y difusión de un vídeo de contenido sexual.

«Ante la sentencia del Juzgado de lo Penal Nº3 de Donostia-San Sebastián en el caso que concierne a Sergi Enrich, la Sociedad Deportiva Eibar desea mostrar su condena por los hechos entonces acaecidos y que han sido objeto de la causa judicial. El club procederá a resolver este asunto en base a lo establecido en su Reglamento de Régimen Interno» dice el escueto comunicado de la entidad azulgrana. En principio, la sanción al futbolista menorquín, el único de los dos futbolistas que sigue jugando en el Eibar, no iría más allá de la suspensión de empleo y sueldo durante un tiempo limitado.

Es la única reacción pública del Eibar desde que el vídeo se hizo viral. El club había mantenido hasta ahora un silencio atronador, renovó el contrato de Enrich cuando ya estaba imputado y que sólo el pasado octubre, cuando el jugador reconoció los hechos durante el juicio oral, le retiró la capitanía.

El comunicado del Eibar llega diez horas después de que esta mañana se haya hecho público que el Juzgado de lo Penal número tres de Donostia ha condenado a Sergi Enrich y su compañero en el momento de los hechos Antonio Luna, ahora en el Girona, a dos años de cárcel por la grabación y difusión de un vídeo sexual sin el consentimiento de la mujer con la que aparecían manteniendo relaciones sexuales en las imágenes.

Los dos futbolistas eludirán la prisión al no contar con antecedentes penales y después de que en el juicio celebrado en octubre reconocieran los hechos, mostraran su arrepentimiento, pidieran perdón a la víctima y le indemnizaran con 110.000 euros, tras lo que la Fiscalía y la acusación particular rebajaron su petición inicial de cinco años de condena a dos. Eddy Silvestre, que también fuera compañero de Enrich y Luna en el Eibar, y para el que se solicitaban igualmente dos años de prisión, ha sido absuelto de la acusación de difundir el vídeo.

Los hechos se produjeron en abril de 2016, cuando Enrich y Luna grabaron con un móvil «actos sexuales explícitos» con una mujer, que no sólo no les dio su consentimiento, sino que «incluso les manifestó su rotunda oposición cuando se percató de ello», según recoge la sentencia. Posteriormente, «contra la voluntad de la perjudicada y sin su consentimiento ni conocimiento, remitieron las imágenes ilícitamente grabadas, iniciando así una cadena de difusión que finalmente se hizo viral».

Fue seis meses después, en octubre, cuando las imágenes saltaron de teléfono en teléfono, llegando incluso a las redes sociales, lo que provocó «un estado de gran postración emocional» a la víctima, que permaneció medio año de baja y precisó tratamiento psiquiátrico y medicación. Interpuesta la correspondiente denuncia ante la Ertzaintza, el Juzgado de Instrucción número 1 de Eibar admitió el caso. En junio de 2018 –Antonio Luna jugaba entonces en el Levante y Eddy Silvestre en el Alcorcón– imputó a los tres futbolistas, al apreciar indicios sólidos de delito, y en diciembre de 2019 se dictó la apertura de juicio oral. Al tratarse de un caso penal, se trasladó a Donostia.

El juicio, al que además de los tres imputados acudieron en calidad de testigo varios de sus compañeros de vestuario en el momento de los hechos, se celebró finalmente el pasado mes de octubre. En el mismo, Enrich y Luna admitieron haber grabado el vídeo sin el consentimiento de la víctima, a la que pidieron perdón, y aseguraron que sólo se lo habían enviado a Silvestre. Además, depositaron 110.000 euros en calidad de indemnización.

La Fiscalía y la acusación particular rebajaron sus peticiones iniciales de cinco años de cárcel a cada uno por un delito contra la intimidad con agravantes. Mantuvieron, sin embargo, las penas reclamadas a Silvestre –dos años la Fiscalía, tres la acusación particular–, que no reconoció los hechos y aseguró haber borrado el vídeo en cuanto lo recibió, sin difundirlo. La «única prueba de cargo» en su contra eran las declaraciones de Enrich y Luna, que sostuvieron que fue él quien difundió las imágenes, y ha sido finalmente absuelto frente a la condena de sus dos excompañeros, que tienen un plazo de diez días para presentar un recurso de apelación.