NAIZ
MADRID

Marixol Iparragirre, absuelta del atentado contra la comisaría de Oviedo en 1997

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha absuelto a Marixol Iparragirre del atentado contra la comisaría de Oviedo de 1997 al entender que no hay prueba de su participación y porque concurre cosa juzgada con hechos enjuiciados por los que ya cumplió condena en el Estado francés.

Marixol Iparragirre, en la Audiencia Nacional española. (Juan Carlos HIDALGO/EFE/POOL)
Marixol Iparragirre, en la Audiencia Nacional española. (Juan Carlos HIDALGO/EFE/POOL)

En su sentencia, los magistrados de la Sección Segunda del tribunal especial, con un voto particular favorable a la condena, acuerdan absolver a Iparragirre de un delito de «estragos terroristas», tres de «asesinato en grado de tentativa» y otro de «lesiones terroristas» por los que la Fiscalía solicitaba una condena de 71 años de cárcel.

Para la Sala, una vez analizada la prueba «no consta» que Marixol Iparragirre «tuviera una participación material y directa» en el atentado contra la comisaría de Oviedo cometido en julio de 1997 «más allá de su pertenencia» a ETA.

Por otro lado, la sentencia recoge que las distintas penas impuestas en el Estado francés se refieren a su «actividad como dirigente» de ETA y precisa que «se producen condenas por participación en la preparación de atentados que no se individualizan pero que se enmarcan temporalmente».

«Ello nos lleva a considerar que los tribunales franceses han investigado la totalidad de la actividad delictiva como miembro e ETA» de Marixol Iparragirre, añade la Sala, por lo que indica «existen razones para afirmar la existencia de cosa juzgada material».

Este era uno de los doce juicios a los que se enfrentaba Marixol Iparragirre en la Audiencia Nacional española, después de que las autoridades francesas la entregaran en 2019 tras cumplir allí casi 20 años de prisión.