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Condenan a Cofivacasa a pagar a la familia de un trabajador de AHV muerto por amianto

Un juzgado de Bilbo ha condenado a Cofivacasa a indemnizar con 130.650 euros a la familia de un albañil fallecido de cáncer de pulmón por contacto con amianto en su trabajo en Altos Hornos de Vizcaya (AHV), según ha informado la Asociación de Víctimas de Amianto de Euskadi, Asviamie.

Concentración de Asviamie ante los Juzgados de Bilbo, en una imagen de archivo.
Concentración de Asviamie ante los Juzgados de Bilbo, en una imagen de archivo.

Asviamie ha señalado que el Juzgado de lo Social número 6 de Bilbo ha estimado «sustancialmente» la demanda de la familia del trabajador, fallecido en julio de 2019 y afectado por un carcinoma epidermoide de pulmón derivado de su trabajo entre 1976 y 1996 en Altos Hornos de Vizcaya  (AHV).

El trabajador tuvo contacto con amianto-asbesto y otros cancerígenos cuando realizaba tareas de albañilería en la reparación de las artesas y hornos de la fundición, «mientras la empresa incumplía la amplia legislación de Seguridad e Higiene en relación con él amianto y enfermedades respiratorias».

El operario, nacido en 1944 y prejubilado en 1996, fue diagnosticado de un carcinoma epidermoide de pulmón en noviembre de 2018, y en mayo de 2019 el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) le reconoció la incapacidad permanente absoluta derivada de enfermedad profesional.

Alegar tabaquismo para pagar la mitad

Según ha señalado Asviamie, Cofivacasa, entidad pública dependiente del Ministerio de Industria, consideró que el carcinoma pulmonar que afectó al albañil derivaba del intenso hábito tabáquico del fallecido y que la indemnización debía reducirse al 50%, por tratarse de un gran fumador.

La sentencia rechaza la argumentación empresarial, ya que la enfermedad pulmonar y la incapacidad permanente están reconocidas por el INSS como enfermedad profesional y está probada la exposición laboral al amianto y acreditado que la empresa incumplió en mayor o menor parte las medidas preventivas.

Asviamie ha mostrado su «satisfacción» por la sentencia, «en tanto desbarata el argumento empresarial, tratando de eludir sus responsabilidades por el incumplimiento de la amplia legislación de Seguridad e Higiene, escudándose en los hábitos tabáquicos, poco saludables, del fallecido».