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El TSJPV confirma la indemnización de 301.456 euros a la familia de una víctima del amianto

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha confirmado la condena impuesta a Cofivacasa y Sidenor por la muerte de un trabajador expuesto al amianto. Su familia deberá ser compensada con 301.456 euros, tal como dicto el Juzgado de lo Social número 1 de Donostia.

Concentración de Asviamie en Donostia. (Andoni CANELLADA/FOKU)
Concentración de Asviamie en Donostia. (Andoni CANELLADA/FOKU)

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha confirmado la condena impuesta a las empresas Cofivacasa y Sidenor por la muerte de un trabajador expuesto al amianto. Su familia deberá ser compensada con 301.456 euros.

Según ha informado la Asociación de Víctimas del Amianto de la CAV (Asviamie), el TSJPV ha rechazado los recursos interpuestos por ambas empresas a la sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de Donostia que les condenó en primera instancia al abono solidario de esta compensación, incrementada con los intereses correspondientes.

Asviamie ha recordado que el operario fallecido trabajó desde 1964 como laminador y más tarde como jefe equipo en el tren de llanta de la firma Pedro Orbegozo, luego Acenor. Tras el cierre de la planta de Hernani, fue trasladado a la fábrica de Basauri, adquirida en el año 2000 por Sidenor.

El trabajador, que falleció antes de que se hiciera pública la primera sentencia, fue diagnosticado por Osakidetza en 2019 de un carcinoma neuroendocrino de célula grande y de un carcinoma microcítico. Anteriormente, en 2004, le había sido detectado un carcinoma transicional de vejiga.

La asociación ha apuntado que la primera sentencia condenatoria fue recurrida por las empresas «culpando al hábito tabáquico» del trabajador «del origen común del cáncer pulmonar y vejiga».

No obstante, según Asviamie, el TSJPV ha ratificado la condena apoyándose en los criterios del Tribunal Supremo, que constatan que «la prolongada exposición profesional al amianto durante años, sola y por si misma, puede generar una enfermedad profesional que es suficiente como causa exclusiva como para producir no solo los daños reclamados e incluso la muerte, y ello se fume o no».

Satisfacción y emplazamiento a las empresas

En su nota, Asviamie ha mostrado su satisfacción por esta resolución que «sitúa la responsabilidad en la enfermedad, en la prolongada exposición al amianto como causa, aunque el hábito tabáquico, tuviera efectos en la aparición del cáncer pulmonar».

La plataforma de afectados por el amianto ha reclama a las compañías que abandonen la vía de los recursos judiciales, que «multiplican el sufrimiento a las víctimas, y reconozcan el daño causado por los incumplimientos preventivos».