El Consejo de Gobierno de la Diputación de Araba ha aprobado este martes la convocatoria de comicios en los 333 concejos del herrialde, unos comicios en los que están llamada a participar cerca de 30.000 personas.
Según ha informado la Diputación en un comunicado, los concejos son entidades locales con competencias propias en la gestión de instalaciones de uso público, así como de los montes y caminos.
En cuanto a la gobernanza, existen dos tipos de concejos: los abiertos, donde las labores de gobierno competen a la asamblea de vecinos y vecinas, y la administración depende de una Junta; y los cerrados, en los que el gobierno y la administración se realizan por una Junta Administrativa elegida por los vecinos.
Las personas que integran la Junta Administrativa de cada concejo son elegidas mediante sufragio universal, libre y secreto. Se elige a una persona regidora-presidenta y a dos vocales, aumentándose este último número en un vocal por cada 200 habitantes si el concejo supera los 400 habitantes, no pudieron superar al número de ediles del pleno municipal.
Las candidaturas para la elección de regidores y vocales se presentarán mediante solicitud de proclamación ante la Junta Electoral en el plazo de 21 días hábiles contados a partir de la publicación en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Araba, de la convocatoria de elecciones.
Cabe señalar que la Diputación tiene previsto desarrollar una campaña para incentivar la participación de la población en los comicios y fomentar la presencia de las mujeres en las juntas. En la actualidad hay 94 regidas por una mujer.
Desde el siglo XIII
No hay una fecha aproximada conocida para la creación de estas entidades, pero hay documentos en los archivos concejiles, con referencias a los Usos del Buen Gobierno en el siglo XIII.
Este sistema se mantuvo hasta que en 1812 la nueva Constitución de Cádiz obligó a la creación de ayuntamientos en todos los pueblos de más de mil habitantes.
Aunque se constituyeron los ayuntamientos, la administración y gobierno de los pueblos siguió ejerciéndose a través de los concejos, que siguieron manteniendo sus propios usos y costumbres, además de conservar su personalidad e independencia de los órganos de gobierno municipales.
Así ya desde 1924, con la promulgación de un Real Decreto, y en las posteriores legislaciones sobre Administración Local se dispone que las Juntas Vecinales de Araba «conservarán sus atribuciones peculiares y se organizarán según sus costumbres tradicionales».
A partir de 1978 se estableció el sufragio universal, dando el voto a todos los mayores de 18 años, tanto hombres como mujeres e instaurando el mandato de las personas electas durante cuatro años.