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El tribunal da credibilidad, al menos parcial, a los ‘papeles de Bárcenas’ al condenarle

La Audiencia Nacional ha dado credibilidad, al menos parcial, a los denominados ‘papeles de Bárcenas’ en la sentencia en la que condena al extesorero del PP a dos años de cárcel por pagar en B más de un millón de euros por las obras de la sede de la formación política en la calle Génova de Madrid.

Luis Bárcenas ha terminado siendo condenado a dos años de cárcel por pagar en B más de un millón de euros por las obras de la sede del PP en Madrid. (Juan Carlos Hidalgo / POOL / AFP)
Luis Bárcenas ha terminado siendo condenado a dos años de cárcel por pagar en B más de un millón de euros por las obras de la sede del PP en Madrid. (Juan Carlos Hidalgo / POOL / AFP)

En su sentencia en la que condena al extesorero del PP a dos años de cárcel por pagar en B más de un millón de euros por las obras de la sede de la formación política en Madrid, el tribunal ha dado credibilidad al menos parcial a los ‘papeles de Bárcenas’.

En el auto sobre su decisión, se indica que la Sala ha examinado la autenticidad y veracidad de los conocidos como ‘papeles de Bárcenas’ con el fin de determinar si recogen o no hechos reales.

Y de la valoración conjunta de la prueba, como las distintas declaraciones prestadas a lo largo de la instrucción por el extesorero, concluye el tribunal que, «si bien como documento contable carece de valor en su integridad, sí ha de entenderse que recoge algunos acontecimientos que son reales o verosímiles en tanto han sido corroborados con otras pruebas».

Añade que, como apuntó la defensa de Unifica en su informe final, los ‘papeles de Bárcenas’ «no tienen por qué ser todo verdad o todo mentira: cabe otra opción, y es que sea verdad alguna anotación».

«Esto es lo que ha ocurrido aquí, que determinados apuntes o anotaciones de salida han quedado corroborados con otras pruebas, lo que nos lleva a concluir que los papeles recogen acontecimientos que en una parte sí son reales», asegura el tribunal.

En lo que respecta a la condena en sí, sobre el extesorero del PP ha recaído una pena de dos años de cárcel por abonar a la empresa Unifica una cantidad de 1.072.000 euros por las obras realizadas en la sede central del PP, en la calle de Génova de Madrid, «al margen de la facturación y la contabilidad oficial y no declarados a la Hacienda pública».

Por su parte, al arquitecto de Unifica Gonzalo Urquijo y a su socia Belén García les condena a dos años y 9 meses de prisión y multa de 2,6 millones de euros como autores de un delito contra la Hacienda pública relativo al Impuesto de Sociedades de 2007 de Unifica en relación de concurso medial con un delito continuado de falsedad en documento mercantil.

En cambio, la Sala absuelve a los otros dos acusados en este procedimiento, el que fuera gerente del PP Cristóbal Páez y la empleada de Unifica Laura Montero. En el caso de Bárcenas, Urquijo y Belén García les absuelve del resto de los delitos de los que estaban acusados, entre ellos asociación ilícita, delito electoral, tráfico de influencias, blanqueo de capitales o falsedad documental.

En el caso de Bárcenas, el tribunal le aplica la atenuante de confesión al haber quedado acreditada su «colaboración real, activa y eficaz» para el esclarecimiento de los hechos y sus autores, si bien, apunta, fueron los registros practicados en la sede del PP y de Unifica los que aportaron los datos decisivos para la investigación.

Al extesorero del PP, también se le aplica, junto con los otros dos condenados, la circunstancia atenuante de reparación del daño. Por otra parte, se rechaza las dilaciones indebidas en la tramitación del procedimiento.

Condena al PP como responsable civil

Por su parte, el PP ha sido condenado como responsable civil subsidiario por 123.669 euros defraudados en el Impuesto de Sociedades en el año 2007.

Por contra, el tribunal absuelve al partido de Pablo Casado de la acusación de delito fiscal en 2008, al aceptar la falta de legitimación de las acusaciones populares para sostener en solitario la acusación contra el PP como responsable civil subsidiario del que no acusaban ni la Fiscalía ni la Abogacía del Estado.