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EH Bildu lleva al TAN que Maya quiere editar otra vez monolingüe el calendario municipal

EH Bildu va a llevar al TAN la intención del equipo de Enrique Maya de saltarse de nuevo la Ordenanza del Euskara y editar en idiomas diferenciados el calendario municipal. También va a denunciar el uso exclusivo del castellano en carteles, señales informativas y placas en Iruñea.

Navarra Suma insiste en publicar el calendario municipal en idiomas separados a pesar de las sentencias contrarias del TAN. (NAIZ)
Navarra Suma insiste en publicar el calendario municipal en idiomas separados a pesar de las sentencias contrarias del TAN. (NAIZ)

Los nuevos intentos del equipo de Gobierno de Enrique Maya de saltarse la Ordenanza del Euskara de Iruñea en relación a los soportes bilingües van a ser llevados al Tribunal Administrativo de Nafarroa por EH Bildu. En concreto, se denuncia la intención de editar de nuevo el calendario municipal en soportes diferenciados monolingües y el uso exclusivo del castellano en varios carteles, señales informativas y placas.

«La falta de respeto no solo hacia una de las lenguas cooficiales de la ciudad, sino hacia las personas que la hablan y hacia los propios dictámenes del TAN es descarada, pero lo peor es que Navarra Suma lo está haciendo de forma consciente e interesada para fomentar la confrontación discriminando a una de las realidades lingüísticas de esta ciudad», denuncia la formación soberanista.

El primero de los recursos denuncia el acuerdo de la Junta de Gobierno de 15 de noviembre en el que se aprueba que el calendario municipal de 2022 que reparte el Ayuntamiento a la ciudadanía, vuelva a hacerse en formato separado en euskara y castellano.

Vulneración directa y expresa

Este acuerdo vulnera directa y expresamente la resolución 1016 del propio Tribunal Administrativo de Nafarroa que, expresamente, daba la razón a EH Bildu en su demanda de que la aplicación del concepto bilingüe, al que se refiere la Ordenanza, implica un mismo soporte en dos idiomas.

En concreto, el grupo abertzale argumentaba que en su capítulo IV, la Ordenanza estipula la obligatoriedad de que todas las publicaciones del Ayuntamiento lo sean en bilingüe, es decir en castellano y en euskara, en un único soporte. «Los términos ‘bilingüe’ que se reflejan en la presente Ordenanza conllevan que la información se dará en términos de igualdad en ambas lenguas: castellano y euskera. Ello implica, necesariamente, que los contenidos se ofrezcan en un único soporte o unidad», argumentaba la formación y respaldaba el TAN en aquella resolución.

Y cuando se establezca una excepción, como es el caso, se motive de forma suficiente, algo que el TAN entiende que no ha ocurrido. «Que ahora Navarra Suma quiera saltarse de nuevo la norma para discriminar a una parte de la población, además de una vulneración de derechos fundamentales, es prevaricación pura y dura», sostiene EH Bildu.

Uso exclusivo del castellano

Pero la formación soberanista firma un segundo recurso de alzada ante el TAN. Este se refiere al uso reiterado y exclusivo del castellano en varios de los soportes que conforman el actual paisaje urbano de la ciudad. Y cuando lo hacen en bilingüe, lo hacen de forma desequilibrada en perjuicio del euskara contraviniendo lo establecido en la Ordenanza.

En concreto, el recurso se ilustra con cuatro ejemplos: el cartel de las obras de restauración del Baluarte de Parma; las placas de homenaje a las víctimas del terrorismo, la señalética del servicio de atención ciudadana y, por último, carteles informativos sobre colonias felinas.

«Son cuatro ejemplos, pero se podrían aportar más, del incumplimiento reiterado de la Ordenanza del Euskara o de su aplicación a la carta cuestiones que en ningún caso estarían justificadas a tenor no sólo de la jurisprudencia del propio Tribunal Supremo, sino también por los reiterados pronunciamientos del Tribunal Administrativo de Navarra, que dejan muy claro cuál es la interpretación del concepto de bilingüismo que invoca la normativa municipal», argumenta la formación abertzale.

Ambos recursos solicitan al TAN que respalde, de nuevo, la aplicación de la Ordenanza y reclame al equipo de Gobierno su cumplimiento.