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El Supremo admite falta de imparcialidad y ordena repetir un juicio a la Mesa del Parlament

El Supremo español ha admitido el recurso de condenados de la Mesa del Parlament que advertían falta de imparcialidad en dos magistrados del tribunal que les condenó. Por tanto, ordena repetir el juicio en el Tribunal Superior de Catalunya. Se les condenó a 1 años y 8 meses de inhabilitación.

Anna Simó, una de las recurrentes a quienes se ha dado la razón, apoyada en una comparecencia en Barcelona.
Anna Simó, una de las recurrentes a quienes se ha dado la razón, apoyada en una comparecencia en Barcelona. (Jagoba Manterola | Foku)

La Sala Penal del Tribunal Supremo ha anulado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya de 19 de octubre de 2020 que condenó a cuatro exmiembros del Parlament por delito de desobediencia en relación a la tramitación de iniciativas parlamentarias relacionadas con el referéndum del 1-O.

Es lo que pedían cuatro recurrentes (Anna Simó, Lluis María Corominas, Ramona Barrufet y Lluis Guinó), en un recurso al que se adhirieron también Lluís María Corominas i Díaz, Ramona María Barrufet i Santacana y Lluis Guinó y Subirós. En la sentencia recurrida, el TSJ catalán absolvió a una quinta acusada, Mireia Boya. A los cuatro primeros les impuso 1 año y 8 meses de inhabilitación y multa de 30.000 euros a cada uno por delito de desobediencia.

El TS acepta que fue vulnerado el derecho a un tribunal imparcial de los acusados debido a que dos de los magistrados del TSJ catalán que integraron el Tribunal habían exteriorizado ya en autos previos una toma de postura explícita acerca de cuestiones que constituyeron después objeto esencial del juicio.

 El Supremo resalta que no alberga la menor duda, «partiendo además de la acreditada trayectoria profesional de los magistrados que fueron recusados aquí, que cualquiera que hubiera sido su toma de postura inicial, la misma habría podido modificarse ante la existencia de nuevos argumentos o circunstancias, ya surgieran durante la instrucción de la causa ya en el acto del juicio oral. Pero no es esta la cuestión», concluye, puesto que efectivamente los recurrentes tienenn razón al exponer que se habían posicionado sobre el asunto en cuestión en fases previas.

En consecuencia, «la partida debe comenzar con el marcador a cero», señalan los jueces. Entre otras cosas, con el nombramiento de un nuevo tribunal.

El Supremo añade que ha aplicado al caso la doctrina del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre el derecho a un tribunal imparcial.

Los hechos de la anulación

La recurrente Anna Simó i Castelló denunciaba la falta de imparcialidad de dos de los magistrados que formaron parte del tribunal de enjuiciamiento. En concreto, sostenía que el presidente José Luis Barrientos Pacho, y el magistrado Ramos Rubio, ponente de la sentencia, cuyas recusaciones fueron rechazadas, formaron parte de la Sala que admitió las tres querellas que, sucesivamente, dieron lugar a la formación de la presente causa; y también de la que desestimó los recursos de súplica interpuestos contra aquellas decisiones.

En dichas resoluciones, especialmente en el auto de fecha 16 de marzo de 2017, que desestimaba uno de los recursos de súplica, dichos magistrados adoptaron de forma explícita, según la recurrente, una toma de posición acerca de varias cuestiones de la causa, lo que supondría en su opinión un inequívoco «prejuicio».

ERC confía en que haya «más garantías»

La portavoz de ERC, Marta Vilalta, ha celebrado la decisión del Tribunal Supremo, y ha señalado que «confiamos en que por lo menos habrá más garantías».

En una rueda de prensa en el Parlament, Vilalta ha indicado que la decisión de repetir el juicio es la prueba de que ERC «no se ha resignado» a la hora de denunciar vulneraciones de derechos.

«Ahora se nos da la razón, no había habido un juicio justo ni se habían garantizado todas las condiciones mínimas», ha apuntado Vilalta, que se ha mostrado confiada en que este nuevo juicio termine en una absolución.