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Los fiscales del procés plantean mayor imputación para Puigdemont que la de Llarena

La nueva euroorden del juez Llarena sin delito de «sedición» para Puigdemont empezaba a abrir algunas vías de solución en el caso, pero desde los mismos aparatos del Estado surge una maniobra para volver a dificultarlo: los fiscales del procés plantean mayor imputación para el president exiliado.

Movilización en apoyo a Puigdemont en Barcelona. (Josep LAGO/AFP)
Movilización en apoyo a Puigdemont en Barcelona. (Josep LAGO/AFP)

En una maniobra que puede calificarse de insólita, los fiscales del procés han recurrido este martes el auto dictado la semana pasada por el magistrado del Tribunal Supremo (TS) Pablo Llarena para que procese a los encausados rebeldes, el president en el exilio Carles Puigdemont y los ex consellers Toni Comín y Clara Comín, por el nuevo delito de desórdenes públicos agravados, en lugar del de desobediencia con el que el instructor optó por sustituir la sedición, derogada por la última reforma penal.

En su escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, los fiscales piden a Llarena incluir en las órdenes de detención e ingreso en prisión el tipo penal de desórdenes públicos del artículo 557.1 y 2 Código Penal respecto a Puigdemont, Comín y Ponsatí, en la medida en que restringe el futuro enjuiciamiento de los mismos por algunos de los hechos recogidos en el auto de procesamiento en el caso de que sean entregados.

Para los fiscales, «los hechos constituyen un delito de desórdenes públicos porque se cumplen todos los elementos típicos del artículo 557.2 CP: actuación en grupo, fin de atentar contra la paz pública, incumplimiento de resoluciones judiciales y realización de actos típicos de violencia, intimidación, obstaculización de vías públicas con riesgo personal o invasión de edificios alterando sus servicios esenciales».

La pasada semana, tras conocer el nuevo auto de Llarena, Puigdemont ya vaticinó que el camino de vuelta todavía sería largo y dejó sentado además que no estaba dispuesto a retornar «humillado ante un juez español».

«Restringe el futuro enjuiciamiento»

Los fiscales Javier Zaragoza, Consuelo Madrigal, Fidel Cadena y Jaime Moreno explican que solo discrepan con el instructor del «procés» en la valoración que hace de los hechos delictivos antes calificados como sedición, «en la medida en que restringe el futuro enjuiciamiento de los procesados rebeldes».

Llarena se vio obligado a reformular el procesamiento y las órdenes de busca y captura contra Puigdemont y los demás exiliados tras el 1-O para ajustarse a la reforma penal que entró en vigor el pasado jueves. Ese mismo día, el magistrado del TS acordó cambiar la desaparecida sedición por desobediencia, descartando que los hechos encajaran en el nuevo delito de desórdenes públicos agravados, y mantener la malversación agravada, desechando las nuevas versiones atenuadas.

La Fiscalía del Supremo interpreta, en cambio, que «la derogación del delito de sedición, que abarcaba un desvalor de la acción y un injusto típico mucho más amplio, no impide aplicar el delito del artículo 557.2 CP y el de desobediencia».

Las fuentes fiscales consultadas por Europa Press precisan que, con su recurso de reforma, el Ministerio Público busca aumentar el catálogo de delitos para sumar el de desórdenes públicos agravados a los ya apuntados por Llarena de desobediencia y malversación agravada.

Para los fiscales, «los hechos constituyen un delito de desórdenes públicos porque se cumplen todos los elementos típicos del artículo 557.2 CP: actuación en grupo, fin de atentar contra la paz pública, incumplimiento de resoluciones judiciales y realización de actos típicos de violencia, intimidación, obstaculización de vías públicas con riesgo personal o invasión de edificios alterando sus servicios esenciales».

«Fueron necesarios miles de efectivos»

Para el Ministerio Fiscal, «es obvio que los acusados citados, actuando en grupo (...) y con el fin de atentar contra la paz pública (el orden público en definitiva), ejecutaron como promotores, inductores y autores mediatos, desde una organización de poder, utilizando como instrumentos a los ciudadanos convocados, actos de violencia e intimidación sobre personas y cosas».

Además, argumenta que obstaculizaron «las vías públicas, ocasionando peligro para las personas»; invadieron instalaciones o edificios, «alterando gravemente el funcionamiento de servicios esenciales»; y propiciaron «los graves enfrentamientos que los miles de ciudadanos movilizados mantuvieron con la fuerzas de seguridad para dificultar e impedir el cumplimiento de sus funciones». En realidad fueron los agentes policiales quienes cargaron en decenas de puntos para tratar de impedir el referéndum, ocasionando cerca de un millar de heridos.

La versión de estos fiscales da la vuelta a la realidad apuntando que «fue necesario el envío de miles de efectivos de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado para hacer frente a las movilizaciones tumultuarias y violentas convocadas, que los procesados alentaron y promovieron para hacer visible la pérdida de poder de los órganos judiciales en Cataluña».