
Durante el juicio celebrado este lunes en el Juzgado de lo Social número 4 de Donostia, la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) ha sostenido que 168 repartidores de la empresa Glovo trabajaron como falsos autónomos entre octubre de 2018 y diciembre de 2020 y ha reclamado 410.587 euros por la cuota de liquidación de las cotizaciones a este organismo que estarían pendientes de pago por la empresa demandada.
Por su parte, las abogadas de los sindicatos LAB y CCOO han solicitado, en representación de varios de los trabajadores afectados, que se admita la demanda de la Tesorería de la Seguridad Social y que los operarios sean declarados como trabajadores por cuenta ajena de Glovo, cuyo letrado ha mantenido que se trataba de operarios autónomos.
Durante la vista oral, el abogado de la Seguridad Social ha asegurado que Glovo establecía las «directrices» y la «forma de funcionamiento» de los repartidores a través de una aplicación propia de la empresa, en la que se concretan determinadas franjas horarias y que además supervisaba su geolocalización.
Además, ha resaltado que la empresa es titular de medios de trabajo como esta aplicación, además de suministrar otros como la mochila con la que realizaban los pedidos y una tarjeta bancaria que ponía a disposición de los repartidores, así como un sistema de calificación de estos operarios.
Ha destacado también que la forma de pago de los afectados era determinada por la compañía en función de una tarifa base complementada por otras dos cuantías variables, en función de si se desplazaban en bicicleta o en un vehículo a motor, y del tiempo de espera.
Todo ello le ha llevado a asegurar que, a su entender, Glovo no es una «mera intermediaria» en la contratación de unos servicios, sino que es «una verdadera empleadora de los trabajadores» con los que mantendría «una relación de naturaleza laboral».
Tras estas conclusiones, a las que se han adherido las representantes de LAB y de CCOO, el abogado de Glovo ha pedido que se analice «caso por caso» y no de una manera general como plantea la demanda de la Seguridad Social.
Ha insistido en que Glovo no reconoce la «laboralidad» de estos repartidores porque se trata de una compañía que trabaja como «una plataforma de intermediación que se limita a facilitar el contacto entre los usuarios, el establecimiento que suministra los encargos y los repartidores». Ha desvelado en este sentido que los ingresos de la empresa proceden de las comisiones que cobran a todos ellos y que en el caso de los operarios es por el alquiler del servicio que hacen de la aplicación.
El juicio ha quedado visto para sentencia.
Otros casos
Se trata del primer proceso de este tipo en Gipuzkoa, pero no es un caso aislado en Euskal Herria.
Tras años de denuncias, la entrada en vigor de la Ley Rider en agosto de 2021 supuso un punto de inflexión en el sector de las plataformas de reparto.
En 2021, el Juzgado de lo Social de Bilbao falló a favor de unos 285 repartidores, reconociendo la relación laboral que les unía con la empresa y obligando a Glovo a contratarlos como asalariados.
Después, en Gasteiz, un tribunal de primera instancia declaró que los 309 repartidores de Glovo en esta ciudad también estaban siendo empleados de forma irregular por parte de la compañía.
Una situación similar se vivió en Iruñea, donde en noviembre de 2022 el Juzgado de lo Social nº1 emitió una sentencia que reconocía la existencia de una relación laboral entre Glovo y 206 repartidores. Sin embargo, en julio de este año, CCOO ha denunciado que Glovo sigue sin cumplir la Ley Rider y que sigue sin recalificar como trabajadores a los más de 300 riders que hay actualmente en Nafarroa, por lo que ha vuelto a demandar a la empresa ante la Inspección.
Recientemente, la Unión Europea también ha aprobado su ‘Ley Rider’, que tendrá impacto sobre 40 millones de trabajadores.
La semana pasada Glovo informó de que operará con repartidores laborales en vez de trabajadores autónomos. El anuncio llegó en la víspera de que el cofundador y consejero delegado de la plataforma, Oscar Pierre, declarase ante un juez en Barcelona por vulneración de los derechos de sus trabajadores.

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