
Las casas de apuestas, salones de juegos y bingos de Nafarroa estarán obligados a instalar un sistema informático que les permita identificar que sus usuarios son personas mayores de edad y que no están en el Registro de Interdicciones, en el que se recogen los datos de aquellas personas que voluntariamente han pedido que se les excluya del acceso a los locales. Las empresas tienen ahora un margen de un año para llevar a cabo los desarrollos informáticos correspondientes.
En cuanto a los horarios de funcionamiento, locales de apuestas deportivas y salones de juego deberán cerrar a las 00.30, mientras que las salas de bingo podrán prolongar su apertura hasta las 03.00. Así, Nafarroa se equipara en este apartado al resto de comunidades del Estado español y se alinea con las políticas de la Unión Europea.
Por otro lado, no se podrán otorgar autorizaciones para instalar establecimientos de ese tipo a menos de 400 metros de centros educativos, centros oficiales para la rehabilitación de personas jugadoras patológicas, centros residenciales de personas con discapacidad intelectual o con enfermedad mental, centros sanitarios, deportivos, culturales y recreativos y casas de la juventud.
Dicha distancia se reduce a los 300 metros en el caso de soportes publicitarios de apuestas, que no se podrán anunciar en actividades deportivas del herrialde que tengan financiación, total o parcial, mediante subvención pública. En cuanto a los medios de comunicación, se establece un horario en lo que no se permite dicho tipo de publicidad.
Igualmente, se prohíbe la publicidad de empresas de juego en dependencias de las administraciones públicas, espacios públicos destinados a menores de 18 años, en centros sanitarios, sociales, sociosanitarios y escolares y en cines, locales e instalaciones en las que se celebren acontecimientos deportivos. En lo relativo al patrocinio, se impide el de empresas de apuestas deportivas en clubes deportivos, no permitiendo su publicidad en camisetas e indumentarias así como en instalaciones y estadios deportivos en competiciones del ámbito de Nafarroa.
En el caso de los locales de hostelería, las máquinas de apuestas deberán contar para su uso con los elementos técnicos que obliguen a la persona usuaria, sin intervención de terceros, a identificarse de forma previa y obligatoria para la comprobación de su inclusión en el Registro de Interdicciones y su mayoría edad. Dichas máquinas, mientras no sean utilizadas, permanecerán desactivadas sin emitir estímulos sonoros, visuales o lumínicos.
Son algunas de las principales obligaciones que se incluyen en el Reglamento General de los Juegos y Apuestas de Nafarroa, que ha aprobado el Ejecutivo foral para dar cumplimiento a lo establecido por la Ley Foral 21/2022. El texto regula la planificación y funcionamiento de locales y máquinas, los horarios de estos y la publicidad y patrocinios, así como el control efectivo de accesos a salones de juegos y casas de apuestas, con el fin de reforzar la protección de los menores y colectivos vulnerables.
Inspecciones
Paralelamente a la aprobación del Reglamento, el Departamento de Interior, Función Pública y Justicia está trabajando en distintos frentes para avanzar en la prevención y reducción de riesgos. Por un lado, se ha aprobado el II Plan de Inspección y control del juego, pendiente de publicación en el Boletín Oficial de Nafarroa (BON), y que, al mismo tiempo, trae consigo los Programas de Actuación específicos en dos líneas de juego y una de espectáculos.
La consejera de dicho Departamento, Amparo López, ha destacado que el Decreto aprobado es «muy amplio y ambicioso, aglutinando por primera vez una decena de normas» en torno a la materia en sus 235 artículos. «Con este nuevo reglamento se unifica la dispersión normativa que existía hasta ahora y se adapta a la evolución natural de la norma», ha indicado.
En cuanto al contenido, López ha recalcado que «el espíritu del Reglamento se apoya en dos ejes: por un lado, la protección a menores y a los colectivos vulnerables, reduciendo los riesgos de adicción y ludopatías y, por otro, el establecimiento de medidas que reducen los riesgos de adicción y exposición, disminuyen la accesibilidad y actúan sobre los factores de protección desde la educación y sensibilización social». En esa línea, ha subrayado la importancia del control de accesos a los locales, «una medida fundamental» para prevenir las adicciones de menores y personas vulnerables.
En este momento, se está elaborando una resolución de la Dirección General de Interior que aprobará las condiciones y características técnicas que deben reunir los sistemas y elementos de juego para controlar el acceso de las personas jugadoras a los locales de juego, así como la práctica de apuestas mediante máquinas auxiliares instaladas en establecimientos de hostelería.

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