
Las aproximadamente 21.000 familias monoparentales que residen en Araba, Bizkaia y Gipuzkoa podrán acreditar su condición a partir del 1 de enero de 2026 con un certificado digital que les permitirá acceder a los beneficios y ayudas de las distintas instituciones de la CAV. Esta es la principal novedad que se incluye en el decreto de Familias Monoparentales-Monomarentales aprobado este martes por el Ejecutivo de Lakua.
La consejera de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico, Nerea Melgosa, ha explicado los contenidos de este decreto del que se estima podrán beneficiarse unas 21.000 familias, el 80% mujeres y en su mayoría con más dificultades de conciliación que las encabezadas por dos personas.
Establece que esta condición se acredite a través de un certificado digital. Una vez logrado los beneficios que cada familia pueda obtener los establecerá cada departamento, institución o entidad en el marco de su propio ámbito de actuación.
Dos tipos de familias
Además, el decreto reconoce dos tipos de familias, por una parte las monoparentales-monomarentales (las que tienen una sola persona progenitora) y las que están en situación de monoparentalidad-monomarentalidad.
En este segunda clasificación se trata de familias que tienen dos progenitores, pero que por sus características se asimilan a las monoparentales, como en los casos de guarda y custodia atribuida a uno de los progenitores, en los de abandono del hogar de uno de ellos o en los que existe violencia de género.
Melgosa ha recordado que la normativa que entrará en vigor el 1 de enero de 2026 no regula las ayudas a las que pueden optar, sino que está dirigida a acreditar la condición de monoparental para poder acceder a ellas.
Ayudas de conciliación
Entre las ayudas a las que tendrán opción, Melgosa ha citado las de conciliación de su departamento, un 30% más que si se trata de familias con dos padres o madres.
Además, cuando se actualicen las ayudas a la crianza (primer trimestre del 2026) las familias monoparentales se equipararán a las numerosas (con tres o más hijos), lo que supone recibir, además de los 200 euros por mes, 100 euros más hasta que el hijo cumpla los 7 años.
Las solicitudes para obtener el certificado podrán presentarse tanto por internet (www.euskadi.eus) como presencialmente en el Servicio de Atención Ciudadana Zuzenean. Con las aprobadas se creará un censo de familias monoparentales.
Para poder acceder al certificado deben cumplirse una serie de requisitos, tal y como recoge el decreto. Se tiene que probar la residencia legal efectiva en el momento de presentar la solicitud y mientras tenga efectos el reconocimiento.
Asimismo, la persona deberá estar empadronada en la CAV, de forma ininterrumpida, con al menos doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
Hijos menores de 21 años
Los hijos deben ser menores de 21 años. Este límite de edad se ampliará hasta que cumplan 26 años si está cursando estudios reglados encaminados a la obtención de un puesto de trabajo.
Con independencia de la edad del hijo también se reconocerá la monoparentalidad si presentan una discapacidad igual o superior al 33%, gran dependencia, incapacidad permanente absoluta, o gran invalidez.
Tienen que convivir y estar empadronados con la persona progenitora y depender económicamente de ella. El decreto precisa que la separación transitoria durante un periodo igual o inferior a dos años motivada por razón de estudios, trabajo, tratamiento médico, rehabilitación u otras causas similares, incluyendo los supuestos de fuerza mayor o internamiento, no rompe la convivencia.
La consejera ha subrayado que con este decreto se da «un paso más» en el reconocimiento de la diversidad familiar y ha recordado que el texto normativo se enmarca en el V Plan de Familias 2025-2030.
«Por primera vez Euskadi reconoce legalmente a las familias monoparentales y lo hace desde una visión comunitaria, igualitaria y solidaria», ha concluido.

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