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Lamela envía a juicio a Trapero y a la cúpula de los Mossos por «sedición y organización criminal»

La juez de la Audiencia Nacional española Carmen Lamela ha concluido la investigación contra el exmayor de los Mossos d'Esquadra Josep Lluís Trapero, los exjefes políticos del cuerpo policial César Puig y Pere Soler, así como la intendente Teresa Laplana, por lo que ha informado de ello a la Sala de lo Penal para que abra juicio.

El mayor de los Mossos, Josep Lluis Trapero, a su llegada a la Audiencia Nacional. (J. DANAE/ARGAZKI PRESS)

En un auto, la titular del Juzgado Central de Instrucción número 3, Carmen Lamela, ha declarado concluso el sumario de la causa y lo ha remitido a la Sección Primera de la Sala de lo Penal, dando diez días de plazo a las partes para pronunciarse.

Trapero está procesado en la Audiencia Nacional por dos delitos de «sedición»» y uno de «organización criminal» por las protestas el 20 y 21 de setiembre frente a la Consellería de Economía en Barcelona y la jornada del referéndum independentista del 1 de octubre.

Asimismo, la magistrada procesa a Puig y Soler por «organización criminal» y un único delito de «sedición», por el 1 de octubre, mientras que a Laplana le atribuye un solo delilto «sedición» en relación con las protestas del 20 y 21 de setiembre.

Después de toda la instrucción de la causa, que comenzó a finales de setiembre de 2017, Lamela concluye que Trapero, Soler y Puig «integraban una organización jerarquizada bajo una dirección común en cuya cúspide se encontraba el president de la Generalitat de Catalunya, con carácter estable desde hace ya más de dos años, con asignación de tareas y con una confluencia estratégica perfectamente sincronizada de acuerdo con el plan de la organización criminal», que fue lo que «en suma permitió la celebración del referéndum ilegal y la ulterior declaración de independencia aprobada por el Parlament el 27 de octubre».

En el marco de «una estrategia premeditada y perfectamente coordinada», la juez de la Audiencia Nacional describe en su auto de procesamiento del pasado 5 de abril el reparto de papeles entre autoridades gubernamentales, parlamentarias y civiles «para llevar a cabo la secesión». Seegún Lamela, se centra en «la utilización ilegal» de los Mossos «al servicio de los intereses secesionistas».

Así, destaca este uso «tanto en los actos sediciosos del 20 y 21 de setiembre» como en la celebración del referéndum, pero también «en la realización de actuaciones de espionaje a los miembros de la Policía Nacional y Guardia Civil y acciones de vigilancia y contravigilancia a miembros de la organización que eran seguidos y vigilados en el curso de investigaciones judiciales».

En cuanto al delito de «sedición», Lamela considera que la actuación de los mossos los días 20 y 21 de setiembre así como el 1 de octubre fue la de «omitir con incumplimiento de sus obligaciones legales de actuar, toda conducta dirigida a evitar lo que en definitiva aconteció ante la sede de Economía: que la muchedumbre, de forma pública, llegara a concentrarse tumultuosamente en el edificio de Economía y, con la fuerza coactiva e intimidatoria que proporciona una multitud hostil a la posible acción policial, con el objeto de impedir o dificultar gravemente el cumplimiento de la orden judicial de registro».

El día del referéndum, la magistrada opina que la actuación de los procesados «no sólo se limitó a no dar cumplimiento a la actuación judicial, sino que fue más allá, propiciando que sus planes de actuación fueran conocidos de antemano por los ocupantes de los colegios, facilitando de esta manera que éstos pudieran preparar los escenarios que llevarían a los Mossos a no actuar, obstruyendo a los agentes policiales, dispuestos realmente a cumplir la orden judicial, espiando y controlando sus acciones».