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Ordenan el ingreso en prisión de 10 condenados por el asalto a Blanquerna

10 de los 14 ultraderechistas condenados por el asalto al centro cultural Blanquerna en 2013 deberán ingresar en prisión en las próximas semanas. Otros dos tienen la condena suspendida de forma cautelar, uno ya se encuentra en prisión y el último se encuentra en paradero desconocido.

Imagen del asalto al centro cultural Blanquerna de Madrid en 2013.

La Audiencia Provincial de Madrid ha citado para los próximos 25 y 29 de noviembre a diez condenados por el asalto al centro cultural Blanquerna de Madrid en la Diada de 2013 para que recojan el mandamiento de ingreso en prisión voluntario que deberán cumplir en los diez días siguientes.

Según informa el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, la Sección 30 de la Audiencia Provincial ha adoptado esta decisión después de que el Tribunal Constitucional no haya admitido su recurso de amparo que motivó la suspensión de la ejecución de su pena el pasado mes de abril.

De esta forma, los condenados tendrán diez días para ingresar en el recinto penitenciario que elijan una vez hayan recogido el mandamiento.

Además, la Sección 30 de la Audiencia Provincial ha remitido un oficio al Tribunal Supremo para que indique el estado del informe de la tramitación del indulto por parte del Alto Tribunal de otros dos de los condenados, que también supuso la suspensión cautelar de su condena.

Por último, uno de los condenados que se hallaba en busca y captura fue detenido y ya cumple su pena en el recinto de Victoria Kent, mientras que otro aún se encuentra en paradero desconocido.

La Audiencia Provincial de Madrid condenó en 2016 a los responsables del incidente penas que oscilaban entre los seis y ocho meses de prisión por desórdenes públicos y una multa por daños con la atenuante de reparación, si bien el Supremo anuló parcialmente el fallo en 2017 y elevó las condenas hasta los cuatro años de cárcel.

Sin embargo, el Tribunal Constitucional instó al Supremo a dictar una nueva sentencia al considerar que la anterior, en la que aplicó la agravante de «motivos de discriminación ideológica» «vulneró sus derechos a un proceso con todas las garantías» y a «la presunción de inocencia».

Por eso el Supremo volvió a condenar a penas de más de dos años de cárcel a estos catorce procesados, después de que el Constitucional le ordenase dictar una nueva sentencia por la aplicación indebida de una circunstancia agravante.